La escisión supone la segregación o separación de una rama de actividad de la empresa que se traspasa en bloque a una nueva sociedad o a otra ya existente. Se pueden perseguir distintos objetivos: reorganizar la empresa creando distintas sociedades para actividades distintas, preparar la venta de una parte de la empresa, etc.….
A veces, puede ser un medio indirecto de solución de conflictos entre socios con criterios distintos sobre la gestión o la manera de alcanzar los fines sociales pues se permite también que las sociedades resultantes se adjudiquen a distintos socios.
El problema que se plantea en las escisiones respecto a las fusiones es la fragmentación patrimonial. Por una parte, en el caso de las escisiones parciales, la ley exige que el conjunto patrimonial que se trasmite constituya una unidad económica, pues, de no ser así, podría incluso ser anulada. Por ello, se debe tener en cuenta que la escisión no sirve para separar activos inconexos. El segundo problema que plantea esa fragmentación es la necesidad de determinar claramente cuáles son los elementos que se transmiten y cuáles no. Para ello, deberá realizarse un inventario; pero, como este puede no ser exhaustivo, es también esencial tener en cuenta la descripción de la rama de actividad que se transmite.
Me interesa
- Si tengo una sociedad que cesa en su actividad, ¿estoy obligado a presentar declaraciones correspondientes al Impuesto de Sociedades?
- He leído que se puede crear una sociedad en 24 horas. ¿Basta con ir al notario?
- He oído que se ha aprobado una directiva europea que permitirá crear sociedad online, ¿es cierto?
- Tengo una pequeña empresa y estoy pensando en fusionarla con otra. ¿Tengo que disolverla antes? Me gustaría saber si el notario me puede asesorar.
- Estoy pensando en abrir mi propio negocio. ¿Qué ventajas tiene crear una sociedad mercantil y qué pasos tengo que dar?