Real Decreto-ley 5/2023

Modificaciones estructurales: protección y derechos de los trabajadores

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Actualizado 29 | 11 | 2023 11:29

Servicio de Coordinación de los Registros Mercantiles del Colegio de Registradores

Si eres trabajador de una sociedad mercantil que pretende llevar a cabo una modificación estructural ¿sabes qué protección y derechos te asisten con la nueva normativa que regula esta materia, el Real Decreto-ley 5/2023?

El Colegio de Registradores pretende dar una respuesta clara y sencilla si te encuentras en esta situación como trabajador.

En las operaciones de modificación estructural los trabajadores se ven protegidos tanto en sus derechos de información y consulta, como en sus derechos, cuando existan, de participación o cogestión en los órganos de dirección o control. Dicha protección abarca todas las operaciones de modificación estructural (transformación, fusión, escisión y cesión global de activos y pasivos), tanto internas como transfronterizas.

Derecho de información y consulta

La nueva regulación obliga a los administradores de la sociedad a elaborar un informe con dos secciones, una para los socios y otra para los trabajadores, esta última sección es en la que nos vamos a centrar en este artículo.

El art. 5 RDL5/2023 en su apartado quinto regula lo relativo al informe que los administradores tienen que elaborar consecuencia de la modificación sustancial en relación con los trabajadores. Según esta normativa se deberán explicar:

  • Las consecuencias de la operación para las relaciones laborales, así como, en su caso, cualquier medida destinada a preservar dichas relaciones.
  • Cualquier cambio sustancial en las condiciones de empleo aplicables o en la ubicación de los centros de actividad de la sociedad.
  • El modo en que los factores contemplados en los dos aspectos anteriores afectan a las filiales de la sociedad.

¿Qué documentación se tiene que entregar a los representantes los trabajadores? El informe elaborado por los administradores y, en su caso el proyecto, de estar disponible (art. 5), se pondrá a disposición de los trabajadores en la página web de la sociedad; en caso de que no tenga web se remitirá por vía electrónica.

¿Y si la sociedad no cuenta con representantes de los trabajadores? Se entregará directamente a los trabajadores.

¿En qué plazo?

Al menos, un mes antes a la fecha de la celebración de la junta general que apruebe la operación. En las operaciones transfronterizas el plazo será de seis semanas.

¿Cómo proceder en caso de que los representantes de los trabajadores, o en su defecto los propios trabajadores envíen una “opinión” al órgano de administración? El órgano de administración informará a los socios de dicha opinión debiendo adjuntarla al informe.

¿Cuándo no es necesario la sección del informe destinada a los trabajadores emitido por los administradores? No es necesario en dos supuestos:

  • Cuando la sociedad o sus filiales no tengan más trabajadores que los que forme parte de dicho órgano de administración o de dirección
  • O, la modificación estructural consista en una transformación interna.

Publicidad preparatoria del acuerdo 

El artículo 7 RDL5/2023 exige publicitar la modificación estructural que se pretende llevar a cabo y, consecuencia de ello, se tiene que llevar a junta general para ser aprobada.

En este sistema de publicidad previo al acuerdo se debe publicar en la página web de la sociedad o sociedades involucradas, al menos un mes antes de la celebración de dicha junta general, el proyecto, el anuncio por que se informe a los socios, acreedores y a los trabajadores, y en su caso el informe de experto independiente( además de los documentos específicos de cada tipo de operación de modificación estructural; véase en especial el art.46 para la fusión y la escisión ).

Los representantes de los trabajadores podrán presentar observacionesal proyecto hasta 5 días laborales antes de la celebración de la Junta.

Debemos indicar que, las “opiniones” que pueden presentar los trabajadores en relación con el artículo 5 son distintas a las “observaciones al proyecto” que regula este artículo 7. En su caso, la junta tomará nota de dichas opiniones y observaciones antes de aprobar o no el proyecto (art. 8.2 RD)

Por otro lado, aunque en principio esta publicidad previa no es necesaria cuando el acuerdo de modificación estructural se adopte en junta universal y por acuerdo unánime, en lo que respecta a los derechos de los trabajadores no podrán ser restringidos los derechos de información a éstos sobre la modificación estructural, incluido el informe de los administradores sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo por el hecho de la modificación sea aprobada en junta universal, según el art.9.2, debiendo remitirse a los trabajadores la documentación correspondiente antes de la celebración de la junta.

Publicación del acuerdo

Una vez adoptado el acuerdo de modificación estructural se publicará en el BORME y en la página web de la sociedad o, si ésta carece de página web, en uno de los diarios de mayor difusión en las provincias en las que cada una de las sociedades tenga su domicilio social.

Normas especiales de protección a los trabajadores 

Aparte de la norma de protección común a los trabajadores, existen otras normas específicas de protección a lo largo del RDL al regular las específicas operaciones de modificación estructural. Así:

  • En las transformaciones transfronterizas, en relación con la fecha y efectos de la transformación, indicar que los derechos y obligaciones de la sociedad que se transforma derivados de contratos de trabajo o de relaciones laborales existentes en la fecha en la que surta efecto la transformación quedarán atribuidos a la sociedad transformada. (Art. 100 RDL)
  • En materia de fusiones transfronterizas, las sociedades participantes cumplirán con las disposiciones y trámites de la legislación nacional a la que estén sujetas, incluyendo los relativos al proceso de toma de decisiones sobre la fusión y la protección de los trabajadores en lo que respecta a sus derechos distintos de los de participación. (art. 101 RDL)

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