Declaración de la renta 2017

¿Cómo tramitar la declaración de la renta 2017?

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©Agencia Tributaria

Actualizado 07 | 01 | 2019 12:28

Declaración de la renta 2017

Desde ayer y hasta el 2 de julio se extenderá el periodo en el que se podrán presentar las declaraciones de la Renta 2017. 

Se puede pedir cita previa y te llaman para confeccionar tu declaración de Renta, o llamando y directamente te la modifican y se presenta por teléfono. Igualmente, se puede utilizar Internet, concretamente Renta WEB.

En esa web, que se aloja en el portal web de la Agencia Tributaria,  se puede acceder y ver los datos para llevar a cabo los trámites de la declaración de la renta 2017. En concreto:

  • Consultar las declaraciones presentadas
  • Modificar la declaración ya presentada
  • Comprobar y modificar el domicilio fiscal
  • Consultar y/o modificar la cuenta de domiciliación
  • Inhabilitar la casilla para obtener el número de referencia
  • Registrarse en Cl@ve PIN
  • Obtener un resumen de la cartera de valores
  • Gestionar los dispositivos móviles por NIF
  • Realizar trámites de ejercicios anteriores

BORRADOR

El primer trámite suele ser obtener el borrador, teniendo varias vías para ello:

  • Clave pin: para hacerlo de este modo es imprescindible estar registrado previamente en el sistema Cl@ve.
  • Certificado o DNI electrónico.
  • Número de referencia: en primer lugar, hay que acceder al servicio RENØ para obtener el número, que en 2018, en lugar de enviarse a través de un mensaje de texto al teléfono móvil, se podrá consultar directamente en la pantalla o en la ‘app’.

Una vez identificado el contribuyente, el sistema hace un estudio de validación, despliega los servicios disponibles e informa de las posibles diferencias entre los datos de la última declaración y los actuales. Si es la primera vez que ingresa en el servicio, en la primera pantalla se mostrarán los datos de identificación del declarante y del resto de los que conforman la unidad familiar: en este punto es donde hay que corregir y actualizar todos los datos, ya que el estado civil del declarante o los hijos menores de edad o incapacitados no se podrán modificar de forma posterior.

Además, si se quieren comparar las modalidades de tributación, individual o conjunta, el sistema exigirá el número de referencia del cónyuge o un código PIN para autorizar el acceso al mismo. Una vez que se finalice con los datos de identificación, si la aplicación detecta que se debe trasladar a la declaración algún otro dato fiscal, será el propio servicio el que se lo solicite.

En caso contrario, y de no recibir ninguna indicación posterior, el declarante podrá acceder directamente al resumen de resultados, desde el que se pueden comprobar las distintas opciones de declaración, y completarla o cambiarla en caso de ser necesario.

APP DE LA AEAT

Por otra parte, la novedad de la ‘app’, que se ha podido descargar desde el 15 de marzo, permite solicitar y almacenar el número de referencia y consultar los datos fiscales, así como presentar las declaraciones a partir del 4 de abril.

Con la aplicación se podrá presentar la declaración en un solo ‘clic’, en el caso de las declaraciones más sencillas. Para el resto, la ‘app’, que admite hasta 20 perfiles de usuario, facilitará la obtención del número de referencia, la visualización de los datos fiscales y la recepción de mensajes ‘push’ con información de interés, derivando para el resto de trámites a Renta WEB.

PLAN ‘LE LLAMAMOS’

La otra gran novedad es el denominado Plan ‘Le llamamos’, cuya cita previa se podrá solicitar desde el 4 de abril, de forma que quienes lo deseen podrán recibir una llamada de la Agencia Tributaria y, a través de ella, presentar la declaración tributaria.

Las citas se facilitarán cada 15 minutos y las llamadas se efectuarán entre las 9 y las 20:30 horas. Además, podrán utilizar el programa ‘Le Llamamos’ los 860.000 contribuyentes que no realizaron ningún cambio el año pasado, así como aquellos trabajadores con unos rendimientos del trabajo y del capital mobiliario inferiores a 65.000 y 15.000 euros, respectivamente, con un máximo de un único capital inmobiliario, con ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas o no de transmisiones, salvo las que correspondan a actividades económicas, y con rentas procedentes del régimen a atribución de rentas de capital mobiliario e inmobiliario.

ADELANTO DE SERVICIOS

A pesar de que la Campaña de la Renta 2017 empieza oficialmente el miércoles 4 de abril, la AEAT ya ha adelantado varios servicios de asistencia desde el pasado 15 de marzo, ya que desde ese día los contribuyentes han podido ir solicitando su número de referencia y visualizar en la página web de la AEAT y en la aplicación sus datos fiscales.

Además, el 15 de marzo también comenzaron los envíos postales a los 860.000 contribuyentes que el año pasado acudieron a una oficina de la Agencia, pero se limitaron a confirmar sin cambios la propuesta de declaración confeccionada por el organismo. Esos contribuyentes, que han ido recibiendo desde mediados de marzo una carta con sus datos fiscales, la casilla 450 para obtener el numero de referencia y la información de los servicios de asistencia, podrán presentar su Renta en la mayoría de casos de manera más sencilla desde el miércoles y obtener antes la devolución que les corresponda sin esperar a la asistencia presencial en mayo y junio.

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