Declaración Renta 2017/2018

Principales novedades en la declaración de la renta

principales-novedades-declaracion-renta

©BigStock

Actualizado 05 | 04 | 2018 12:46

Declaración Renta 2017

Este año hay unas cuantas novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta.

Desde la app con la que se puede presentar, la ausencia de borrador en papel, así como también en cuanto a tributaciones del IRPF, las cláusulas suelo, la no tributación de la formación, etc.

Recordemos que el próximo 4 de abril comienza el plazo oficial para la Declaración de la Renta y Patrimonio 2017/2018, que durará hasta el 2 de julio.

La declaración del IRPF 2017 es obligatoria para todas las personas que hayan obtenido ingresos durante el pasado año superiores a 22.000 euros provenientes de un solo pagador. Mientras que el límite para presentar la renta será de 12.000 euros anuales cuando los rendimientos procedan de más de un pagador.

Calendario

Además del plazo oficial, que este año termina en julio, está el del 8 de mayo al 29 de junio para solicitar cita previa, servicio que comenzará el 10 de mayo. Aunque el plan «Le Llamamos» está dirigido a las declaraciones más complejas.

Por otra parte, el plazo para domiciliaciones es hasta el 27 de junio.

También hay que tener en cuenta el acceso a la aplicación móvil desde el día 15 de marzo.

Fin de borradores y SMS’s

Este año no habrá envío del borrador por correo, aunque se podrá seguir recibiendo por esta vía los datos fiscales.

También desaparece el envío del SMS con el número de referencia.

Para conocer los datos fiscales, se podrán solicitar mediante DNI electrónico, a través de la página web de Hacienda o el sistema de firma con clave de acceso.

Asimismo, sigue el servicio RENO, operativo con el número de referencia, que se facilita al introducir el importe de la casilla 450 de la declaración anterior.

Estimación para empresarios, profesionales y autónomos 

Por lo que respecta a la tributación de empresarios y profesionales, pueden escoger dos modalidades a la hora de hacer su cálculo del IRPF:

  • Rendimientos por estimación directa: diferencia entre ingresos y gastos
  • Rendimientos por estimación objetiva: para rendimientos inferiores a 150.000 euros, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, en cuyos casos el límite es de 250.000 euros.

Acciones y rendimientos

A partir de 2017, la venta de acciones deben tributar como ganancia patrimonial.

Si el saldo entre ganancias y pérdidas patrimoniales resulta negativo, este se puede compensar hasta el 20% del saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario.

La formación no es una renta

Este año no tributarán la formación de los empleados, ya que no se considera como renta.

Incluso si la formación no es a cargo del empresario, pero está de acuerdo en que la reciba el trabajador.

Indemnizaciones y cláusulas suelo no tributan

Las devoluciones de las cláusulas suelo hipotecarias no tienen que declararse, ni tampoco las indemnizaciones por este motivo. Algo válido tanto si la devolución y/o la indemnización se han acordado con el banco o por sentencia judicial o laudo arbitral.

En cambio, esto también afecta a las deducciones por adquisición de vivienda de esos años y/o si el banco aminora el principal de la hipoteca mediante estas devoluciones, en cuyo caso habrá que tener en cuenta si se tenía derecho a la misma o si hay que presentar una declaración complementaria para los ejercicios en que se dedujo.


Cargando noticia...