La subida del Impuesto sobre Sociedades y el aumento del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en unos 2.500 municipios son las principales novedades fiscales de 2017, en el que no se esperan cambios ni en el IRPF ni en el IVA, y a la espera de que el Gobierno apruebe este año el nuevo impuesto a las bebidas azucaradas.
Las empresas comenzarán a notar ya en el pago fraccionado del mes de abril, el primero del año 2017, el incremento del Impuesto sobre Sociedades, que entró en vigor el pasado mes de diciembre y con el que el Gobierno espera ingresar 4.650 millones de euros adicionales.
A pesar de que el aumento del impuesto entró en vigor el 3 de diciembre, Hacienda aclaró que no se aplicaría hasta el primer pago fraccionado de 2017 que deben presentar las empresas entre el 1 y el 20 de abril, dado que el plazo del último pago a cuenta de 2016 había empezado el día 1 de diciembre, dos días antes de la entrada en vigor de la reforma del impuesto.
En concreto, el Gobierno ha modificado la exención por dividendos y ha establecido la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades, siempre que se trate de participaciones con derecho a exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías generadas en participaciones.
Asimismo, queda excluida de integración en la base imponible cualquier tipo de pérdida que se genere por la participación en entidades ubicadas en paraísos fiscales o en territorios que no alcancen un nivel de tributación adecuado.
A su vez, queda aprobada la reversión de los deterioros de valor de participaciones que resultaron fiscalmente deducibles en periodos impositivos previos a 2013 y que a partir de esa fecha no lo son y deberán realizar por un importe mínimo anual, de forma lineal durante cinco años.
Igualmente, se limita la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores para grandes empresas en los siguientes porcentajes: al 25% para empresas con importe neto de la cifra de negocios superior a 60 millones y al 50% con una cifra de negocios de entre 20 y 60 millones.
Adicionalmente se establece un nuevo límite para la aplicación de deducciones por doble imposición, que se cifra en el 50% de la cuota íntegra para empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros.
NUEVOS ENDURECIMIENTOS EN LOS APLAZAMIENTOS DE DEUDA
También en materia del Impuesto sobre Sociedades, a partir de 2017 entra en vigor el endurecimiento de los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas contraídas con Hacienda. De esta manera, se suprime desde este año la excepción normativa que abría la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta, y no se podrán ni aplazar ni fraccionar las obligaciones tributarias que deba realizar el obligado a realizar pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades.
Igualmente, con efectos a partir de este mismo domingo, 1 de enero, se prorroga un año más el Impuesto sobre el Patrimonio y entra en vigor la actualización de los valores catastrales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a partir de 2017, que afectará a un total de 2.452 municipios.
Lo que no sufrirá ninguna modificación de cara a 2017 será ni el IRPF ni el IVA, que se mantienen sin cambios. Los impuestos especiales sobre el alcohol y el tabaco también se han elevado, pero estas subidas entraron en vigor el 3 de diciembre, por lo que comienzan el año con las mismas tasas con las que cerraron 2016.
A lo largo del próximo año también entrará en vigor el nuevo impuesto sobre bebidas azucaradas, que el Gobierno quiere negociar con los grupos parlamentarios y, por tanto, aún está sin definir la base imponible o la cuota a aplicar. Asimismo, el Ministerio de Hacienda quiere aprobar nuevas medidas en materia de fiscalidad medioambiental, que también están todavía por concretar.