Si la respuesta es “sí”, no dejes de leer este artículo, a lo largo del cual expondremos algunos de los factores más importantes a tener en cuenta para aquellas Startups españolas que estén pensando en obtener financiación de inversores americanos.
Que el ecosistema Startup goza de buena salud en España es una realidad. Prueba de ello ha sido el reciente éxito de la quinta edición de la iniciativa South Summit, la cual congregó el pasado octubre en Madrid a más de 10.000 personas y 400 emprendedores.
No obstante, las posibilidades de crecimiento en España para los pequeños emprendedores con ideas disruptivas siguen presentando importantes limitaciones en lo que al acceso a capital y financiación se refiere. Ello se debe fundamentalmente al reducido número y tamaño de los fondos de Private Equity y Venture Capital que operan en nuestro país.
Por ello, es muy habitual que emprendedores españoles con éxito, que han conseguido cerrar rondas de financiación de entre 1 y 4 millones de euros (normalmente con Angel Investors y fondos españoles como sus principales inversores), consideren la opción de buscar financiación en Estados Unidos para sus futuras rondas debido, fundamentalmente, al potencial de sus inversores y a la madurez de su mercado.
A continuación, trataremos de dar respuestas a las principales preguntas que se plantean los emprendedores españoles en su búsqueda de financiación de inversores americanos.
¿Qué tipo de estructura puede facilitar a las Startups españolas la búsqueda de financiación en EEUU?
Normalmente el emprendedor español cuenta con una Sociedad Limitada (S.L), constituida conforme a las normas de derecho español. Sin embargo, los fondos de capital riesgo americanos generalmente prefieren no invertir en compañías locales operativas situadas fuera del territorio de Estados Unidos, entre otros motivos, por cuestiones legales como evitar que su relación con la Startup se regule por unas leyes distintas a las americanas, leyes que desconocen y con la que no se sienten cómodos.
Es por ello que resulta aconsejable (y a veces incluso exigido por los inversores) restructurar la empresa con carácter previo a la obtención de financiación, de modo que la sociedad operativa española sea filial 100% de una sociedad holding americana, domiciliada en Delaware, en la que entrarán los nuevos inversores americanos.
Con el adecuado asesoramiento fiscal y legal, se puede minimizar el coste fiscal tanto de la adaptación de la estructura española a las necesidades de los inversores americanos (que podría beneficiarse del régimen de neutralidad fiscal aplicable en España a las operaciones de restructuración empresarial) como de la futura desinversión de los socios (por aplicación de determinadas exenciones fiscales en España).
¿Qué tipo de sociedad es más recomendable constituir en EEUU?
La respuesta es: “Depende”. Los dos principales tipos de compañías en Estados Unidos para accionistas que no son “U.S. Persons” son la corporación (C-Corp.) y la sociedad de responsabilidad limitada (Limited Liability Company). Su régimen fiscal es completamente diferente y va a depender también del número de socios que tenga la compañía (esto es, no es lo mismo una LLC que posee un único socio que una LLC con varios socios).
Adicionalmente, ciertas estructuras no son adecuadas si se espera recibir financiación de un determinado tipo de inversor. Por ejemplo, los inversores ángeles, por lo general, no suelen tener inconveniente en invertir a través de LLCs. Sin embargo, los inversores institucionales exigen en la mayor parte de los casos que la compañía holding sea una corporación.
Delaware suele ser la jurisdicción predilecta para la compañía holding por diversos motivos, incluyendo su alto nivel de confidencialidad, la existencia de unas leyes que se consideran beneficiosas tanto para la compañía como para el inversor, y la existencia de unos juzgados altamente especializados en disputas de tipo corporativo.
En suma, es recomendable que las Startups españolas que deseen buscar financiación en EEUU estén preparadas para poder adaptar fácilmente su estructura corporativa a las necesidades impuestas por los inversores americanos. Recomendamos que, para hacer este proceso lo más rápido y sencillo posible, se obtenga asesoramiento legal y fiscal especializado en ambas jurisdicciones.