Ventas a pérdida

Se admite vender a pérdida, o dumping

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Actualizado 12 | 02 | 2018 07:00

Dumping

La venta a pérdida o dumping ha sido admitida por el Tribunal de Justicia de la UE (TUE) en una sentencia reciente, por la que no se considera competencia desleal y deja abierta la posibilidad de rebajar los precios lo que se quiera o estime oportuno.

DUMPING

Esta táctica para atraer clientes no estaba autorizada por la justicia española, considerándola como una mala práctica. Pero el tribunal europeo ha hecho prevalecer la libertad de los negocios para fijar sus estrategias, en este caso relativas a los precios.

Concretamente, el tribunal de Luxemburgo «se opone a la ley española en la medida en que ésta prohíbe con carácter general la venta con pérdidas y establece excepciones a dicha prohibición basadas en criterios no contemplados en la directiva». De hecho, la legislación comunitaria pretende unas reglas comunes para las prácticas comerciales de las empresas europeas.

Por ello, el TUE prima la justicia europea sobre las normativas nacionales a este respecto, las cuales suelen mirar más por las prohibiciones generales a las ventas con pérdidas. Así, nuestra legislación considera dichas ventas o dumping como una práctica comercial desleal, algo que el tribunal europeo dice que no puede dirimir ninguna instancia judicial. Por lo que esta sentencia obliga al gobierno español a modificar la normativa comercial que impide actualmente la comercialización de productos al público a un precio inferior al que fueron adquiridos.

Sea como sea, el efecto que ha provocado esta sentencia en el ámbito empresarial de nuestro país ha sido de alarma y preocupación, sobre todo en el sector agrario, donde las políticas de precios juegan con márgenes muy estrechos. De hecho, la sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo estuvo motivada por una consulta del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 4 de Murcia, que dirimía un recurso de la empresa mayorista Europamur Alimentación contra una multa impuesta por el Gobierno de Murcia al entender que dicha firma había incurrido en venta a pérdida.

 

 


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