El Real Decreto 592/2014 de 11 de julio es el encargado de regular este tipo de becas, donde la formación del becario es el objetivo principal

¿Puede un autónomo contratar becarios?

autonomo-contratar-becarios

©BigStock

Actualizado 09 | 11 | 2020 07:00

Contratar becarios

Para muchos estudiantes, hacer prácticas en una empresa y entrar en el mundo laboral les supone una estupenda oportunidad para asumir responsabilidades y comenzar a aplicar los conocimientos adquiridos durante los años de estudio. Al mismo tiempo, las empresas que se acogen a un programa de becas pueden localizar talento, aliviar la carga de trabajo y aprovechar la visión y técnicas de trabajo novedosas que aportan los becarios. Son muchos los autónomos que se preguntan si ellos también puede optar a contratar a un becario. La respuesta es si, siempre que cumplan unos requisitos.

A continuación, te los explicamos.

Suscribir un acuerdo de colaboración con una universidad o escuela

El Real Decreto 592/2014 de 11 de julio es el encargado de regular este tipo de becas, donde la formación del becario es el objetivo principal. No se considera una relación laborar ya que no hay un contrato de trabajo ni se estipula un salario.

Cuando un autónomo quiere contratar a un becario, lo primero que debe hacer es firmar un acuerdo de colaboración con una escuela o universidad que imparta los estudios necesarios para su negocio. Este proceso es gratuito y, generalmente, es la universidad la encargada de llevar a cabo toda la tramitación.

Basta con que el autónomo firme el acuerdo de colaboración y acepte el Convenio de Cooperación Educativa con la universidad o escuela. Las prácticas académicas externas se articulan a través de estos convenios, que suponen el marco legal que regula la relación entre las partes.

Dar de alta al becario en la Seguridad Social

Desde principios de 2019 existe la obligación de dar de alta en el Régimen General de la  Seguridad Social a todos los becarios, sean o no remunerados económicamente. Hasta entonces, solo era obligatorio el alta en los becarios pagados. El objetivo es mejorar la protección de esta figura.

Por lo tanto, el autónomo que quiera contar con un becario deberá darse de alta como empresario para que se le asigne un Código de Cuenta de Cotización o CCC. Se trata del número de afiliación con el que podrá dar de alta a los becarios. La cuota mensual ronda los 40€/mes por becario, en concepto de contingencias comunes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Derechos y deberes

Como señala el Real Decreto 592/2014, el autónomo es el tutor del alumno y queda sujeto a una serie de derechos y obligaciones.

Los derechos consisten en el reconocimiento de la actividad del autónomo por parte de la universidad o escuela en los términos estipulados en el Convenio de Cooperación Educativa, y su derecho a ser informado de toda la normativa y a tener acceso a la universidad para obtener el apoyo necesario.

En cuanto a los deberes, la mayoría tienen que ver con la protección del alumno durante las prácticas. Además de prestarle ayuda y asistencia durante su beca, hay que proporcionarle los medios materiales necesarios para el desarrollo de la práctica y la emisión de un informe sobre su desempeño, donde se recogerá una valoración y las horas de prácticas realizadas. Este documento será remitido a su tutor académico.

 


Cargando noticia...