El IEE presenta el Índice de Competitividad Fiscal 2019

La presión fiscal normativa total en España es un 8% superior a la de la UE

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©IEE

Actualizado 14 | 10 | 2019 11:52

El Director General del Instituto de Estudios Económicos, Gregorio Izquierdo, y Scott Hodge, Presidente de la Tax Foundation, han presentado el informe del “Índice de Competitividad Fiscal 2019”, publicado por el IEE para España, a partir del Índice de Competitividad Fiscal internacional que elabora la Tax Foundation para 36 países desarrollados, incluido España.

El trabajo busca medir si el sistema fiscal de un país cumple con los dos principios centrales que deben guiar el diseño de una buena política tributaria: competitividad y neutralidad. El ranking indica que España se encuentra en el puesto 23 de 36 en la clasificación general, y por lo tanto, muy por encima de la mediana, de modo que solo un tercio de los países analizados tienen una peor competitividad que España. En una escala de uno a diez, correspondiendo a 10 la situación mejor de competitividad fiscal, España tiene una calificación media de competitividad fiscal de 6, sensiblemente inferior al promedio de 6,6 que obtienen los países de la UE en esta clasificación y muy alejado de los países con mejores prácticas, como Estonia que puntúa con un 10.

La utilización del indicador de presión fiscal (recaudación tributaria como porcentaje del PIB), para realizar comparativas entre distintos países y justificar subidas de impuestos o modificaciones del sistema tributario, supone realizar un análisis insuficiente, y, por lo tanto, erróneo, de las referencias necesarias para el diseño de nuestra política tributaria. Un punto de partida obligado en las comparaciones internacionales es considerar las implicaciones de las diferencias existentes en el nivel de renta entre países. En este sentido, España tiene un esfuerzo fiscal (presión fiscal recaudatoria ajustada por nivel de renta) superior en un 10% al promedio de la OCDE. El problema se intensifica, además, por el superior peso de le economía sumergida en España con relación a la UE, lo que hace que el ratio de presión fiscal español que soportan los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones sea mucho mayor en España que en la UE, explicándose un 80% de la diferencia de presión fiscal recaudatoria entre España y la UE por la circunstancia de la menor economía sumergida de esta última.

En base a estas consideraciones, se están planteando métodos alternativos para medir de manera comparable la carga tributaria de los distintos países. En este contexto, posiblemente la mejor alternativa sea la de intentar crear indicadores cuantitativos, y, por lo tanto, comparables entre países, a partir del diseño del sistema tributario. Esta metodología es la que se recoge, precisamente, en este trabajo del Instituto de Estudios Económicos. Como resultado, en la Presentación del informe se publica, por primera vez, un nuevo indicador complementario de presión fiscal normativa, diseñado por el IEE, el cual ha sido calculado a partir del Índice de Competitividad Fiscal de la Tax Foundation. Según el IEE, este nuevo indicador señala que “la presión fiscal normativa en España es del orden de un 8% superior a la media de la Unión Europea”.

Desde la perspectiva del potencial crecimiento a largo plazo y de la creación de empleo de un país, es muy relevante analizar de forma diferencial que la presión fiscal que soportan las empresas, la denominada presión fiscal empresarial, en España se sitúa en el 10,5% frente a un 9,3% de la UE. Además, la proporción de la recaudación procedente de las empresas españolas, según Eurostat, es un 30,4%, muy superior al promedio de la UE, que es un 26,2%. En este contexto, según el nuevo indicador del IEE, “la presión fiscal normativa sobre el Impuesto sobre Sociedades en España es de un orden de un 16% superior a la media de la UE”. Por ello, si queremos utilizar comparativas internacionales para el diseño de nuestro sistema tributario, es más razonable reducir el peso de la estructura tributaria del Impuesto sobre Sociedades en España que lo contrario.

Es más prioritario intentar converger en nivel de renta con Europa antes que en nivel de recaudación relativo en términos de PIB. Pretender tener la presión fiscal recaudatoria superior de economías más prósperas y ricas que la española, puede tener el efecto de agravar las diferencias de renta con estos países y perjudicar nuestra convergencia real. En este sentido, debemos mejorar la competitividad de nuestro sistema tributario, para que deje de ser un lastre y se convierta en un catalizador de crecimiento con el objetivo de aproximarnos a los actuales niveles de desarrollo de la UE.

Las posiciones del Índice pueden variar de un año a otro. A este respecto, según el Índice de Competitividad Fiscal, España habría tenido un retroceso, si se hubieran aprobado algunas de las medidas tributarias contempladas en los PGE-2019 que fueron rechazas por el Congreso, en especial a la relativo a la de la doble imposición que se generaría si se hubiera reducido la exención en dividendos y ganancias patrimoniales derivados de sociedades extranjeras, lo que se estimó que equivalía a un tipo impositivo adicional del 1,25% sobre estas rentas.

El informe también recoge las debilidades de nuestro sistema tributario y se aconsejan diversas reformas orientadas a mejorar la competitividad fiscal de España, entre las que cabe destacar:

  • El Impuesto sobre Sociedades debe ser revisado urgentemente con ánimo de reducir los tipos nominales hasta situarlos por debajo de la media de la OCDE (23,6%). Su estructura debe preservar un enfoque territorial, eximiendo de doble tributación las rentas obtenidas en el extranjero. Por otro lado, las reglas del gravamen deben ser mejoradas tras una década de continuos cambios que generan incertidumbre y perjudican notablemente la inversión.
  • La introducción de nuevas figuras fiscales aumentaría la complejidad del sistema tributario y crearía nuevos obstáculos para la actividad empresarial, lastrando el atractivo fiscal de España. A este respecto, la introducción de cualquier impuesto nuevo debe ir acompañada de la corrección de la doble imposición que pueda generar sobre el Impuesto sobre Sociedades, mediante su deducción en cuota. A este respecto, parece especialmente desaconsejable la propuesta que se planteó en los anterior PGE-2019, de crear un nuevo Impuesto de transacciones financieras en España que supondría un encarecimiento del coste de capital para las empresas cotizadas españolas con capitalización superior a 1.000 millones de euros.
  • Los impuestos que gravan la riqueza generan un exceso de gravamen desproporcionados en la medida en que condicionan las principales decisiones de los agentes económicos que alcanzan a la elección del lugar de residencia y trasmisión de activos. En este sentido, según el informe, la tributación patrimonial de la riqueza en España nos sitúa en el puesto 32 sobre 36 con un claro suspenso de 2,9 sobre 10. Esta situación limita los recursos disponibles para la inversión y la producción, y reduce los incentivos para ahorrar e invertir. Por lo que, desde una perspectiva de competitividad fiscal, podríamos mejorar, técnicamente, la posición relativa del Índice, sin que ello supusiera un fuerte coste recaudatorio, mediante la supresión (en el caso del Impuesto sobre el patrimonio) y/o reducción notable de los tipos máximos a pagar por los Impuestos de Sucesiones y Donaciones.

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