Por problemas de salud no podré desplazarme al colegio electoral a votar. ¿Puede ayudarme el notario?

©Consejo General Notariado

Actualizado 03 | 07 | 2023 14:38

En el podcast #PreguntaAlNotario del Consejo General del Notariado, responden a una pregunta de total actualidad: Quiero votar en las elecciones del 23 de julio, pero por problemas de salud no podré desplazarme al colegio electoral. ¿El notario puede ayudarme?

Sí, la ley prevé que un ciudadano que padezca una incapacidad física que le impida desplazarse a solicitar el voto por correo, pueda otorgar un poder electoral para que otra persona lo haga en su nombre. Para ello, el ciudadano tiene que contactar con un notario de su confianza o con el colegio notarial correspondiente. Seguidamente el notario se desplazará al domicilio del elector para, por un lado, solicitarle el certificado médico que acredite su incapacidad física para desplazarse y, por otro, para confirmar que el ciudadano posee el discernimiento para otorgar ese poder. Si todo es correcto, el notario autorizará el poder electoral con el que el ciudadano delegará en otra persona para que esta pueda ir a solicitar y realizar el voto por correo en su nombre. Debe tenerse en cuenta que el poderdante, es decir, el ciudadano que no se puede desplazar, solo puede otorgar un poder, y que el apoderado (la persona que llevará el voto a Correos) puede serlo de un solo votante. El plazo para solicitar un poder electoral para las elecciones del 23 de julio finaliza el 13 de julio.

Escucha el podcast aquí.

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