Es fundamental evitar esas sorpresas en el proceso constructivo por lo que deberemos tenerlo todo bien “atado” por muy pequeña que sea la obra

¿Vas a hacer obras?, redacta un contrato

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Actualizado 25 | 02 | 2020 10:05

Contrato obras

Alberto López Soto | Negotia

Contrato, contrato y contrato. ¿Vas hacer obras en tu casa o negocio?, grábatelo a fuego: redacta un contrato. Hacer obra, por pequeña que sea, es un trastorno. Si a las molestias normales de convivir con operarios y técnicos, materiales de obra y herramientas, en nuestra casa o negocio, añadimos la aparición de incidencias e imprevistos, los problemas pueden convertirse en un drama.

Es fundamental evitar esas sorpresas en el proceso constructivo por lo que deberemos tenerlo todo bien “atado” por muy pequeña que sea la obra. En NEGOTIA sabemos bien los problemas que surgen cuando no hemos hecho bien las cosas.

El primer acierto será buscar una empresa constructora de confianza, o al menos, elegir aquella de la que tengamos los mejores informes.  En la elección valoraremos tanto la corrección en la ejecución de las obras, como la seriedad y el cumplimiento de los plazos acordados. También, unos técnicos (arquitecto técnico, arquitecto, en caso de ser necesarios) de conocida profesionalidad.

Una vez hecha la elección, es fundamental documentar correctamente aquello que queremos contratar. Sin menospreciar los documentos oficiales necesarios (proyectos, permisos, licencias, tasas, etc.), lo más importante es el contrato. Uno o varios, porque, además de los acuerdos que fijemos con la empresa constructora, es conveniente que los técnicos contraten con nosotros para que respondan ante el propietario de la obra que somos nosotros, los promotores. En ningún caso, como se hace en ocasiones, será la constructora la que se encargue de contratar arquitectos y aparejadores.

Es fundamental que en el acuerdo que firmemos con la constructora se detallen todas aquellas cuestiones que puedan dar lugar a dudas. No olvidemos que, casi con toda seguridad, el contrato vendrá precedido de un presupuesto, que nos haya ofertado la constructora y nosotros habremos aceptado. Ese presupuesto vincula y obliga a las partes. En ambos documentos, cuestiones como la obra a ejecutar en general, los materiales, acabados, el diseño y el tiempo de ejecución. Además del precio (o los precios) y la forma de pago, deben figurar de forma clara y comprensible, para evitar el riesgo que supone dejar a la interpretación posterior cualquier cuestión. Lo dicho, todo bien atado.

La mejor defensa, las cláusulas de penalización

Respecto de la ejecución de la obra y el tiempo en que se realizará, lo primero a tener en cuenta es el comienzo. ¿Tenemos todo previsto, o va a quedar a expensas de una licencia, un proyecto, o cualquier otra cuestión supuestamente ajena a las partes? No conviene dejar el inicio sujeto a cuestiones extrañas que puedan servir de excusa en el incumplimiento de los plazos. También es importante acordar unos plazos de cumplimiento razonables, de acuerdo con la entidad de la obra. Para nosotros, es difícil influir en la organización interna de la empresa constructora, pero hay que tratar de evitar que la programación de su trabajo en el proceso constructivo sea irregular fijándolo en el contrato. En este aspecto, la mejor defensa del propietario son las cláusulas de penalización por retraso. Estas condiciones están pensadas para evitar “distracciones” por parte de la constructora para que también esté interesada en terminar en los plazos acordados.

El precio,que se supone pactado desde la aceptación del presupuesto y la forma de pago, son otros de los temas capitales. Una vez claros los materiales, acabados y demás, es evidente que contratar unos precios unitarios fijos para la obra va a ser otra garantía para evitar sorpresas. Así, impediremos que nos repercutan posibles variaciones en los precios de los materiales.

Como último punto a tener en cuenta es fundamental la forma de pago. Como promotores nos interesa pagar por el trabajo realizado, es decir, lo que se denomina pago por certificaciones de obra.En estas revisiones,el constructor periódicamente presenta al promotor certificaciones sobre la obra ejecutada y este, tras revisar la obra certificada (aquí es más que conveniente el consejo de los técnicos), abona la factura.

Son muchos los detalles a seguir para evitar que la obra afecte más de lo deseado a nuestra empresa o vida diaria, pero el cumplimiento de estas recomendaciones va a evitar mayores perjuicios y grandes disgustos. Recuerda: ¡todo bien atado! Y si necesitas ayuda, en Negotia estamos encantados de atenderte.

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