Cuota autónomos

¿Sabes cuánto va a ser tu nueva cuota de autónomos?

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Actualizado 28 | 09 | 2017 10:27

Todos los autónomos saben que el alta por cuenta propia supone el pago mensual de las cuotas a la Seguridad Social.

Lo que a veces no tenemos claro es cuánto puede ser ese importe y en función de qué se establece esa variación. Da la impresión de que la cuota es la misma para todos, pero eso ocurre por que la mayor parte de los que pertenecen a este colectivo cotiza por la base mínima.

Cómo se calcula la cuota de autónomos

Los elementos que determinan la cuota de autónomos son los que siguen:

1. La base de cotización: la cuota a la seguridad social del autónomo se calcula en función de la base de cotización que haya elegido. Las bases de cotización tienen un mínimo y un máximo que se aprueba cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Para 2016, la base mínima eran 893,10 euros mensuales y se mantiene igual en 2017. La máxima se fija en 3.751,20 euros mensuales. Por lo tanto, la mayoría de los autónomos, que cotizan por la base mínima, pagará 267,04 euros de cuota.

2. Autónomos que forman parte de una sociedad. Los autónomos que ejerzan su labor como socios de una entidad mercantil pagan desde el 1 de enero 344,71 euros mensuales por una base de 1.152,90, que es la mínima para este colectivo.

3. Cobetura de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Los autónomos que quieran incluir la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en la cuota, pagarán un importe mayor. Esta cobertura es voluntaria, salvo para ciertos sectores profesionales y para poder cotizar por cese de actividad (paro de autónomos). Dependiendo de la actividad que se realice, la cuota se incrementará entre el 1% y el 6%.

Las ventajas de pagar esta cobertura es que si tenemos un accidente de trabajo cobraremos el 75% de la base de cotización desde el primer día de baja en lugar del 60% desde el 4º al 20º.

4. Cobertura de cese de actividad. La cobertura de cese de actividad es también voluntaria. Para acceder a ella hay que cotizar también por AT y EP, lo que supone incrementar la cuota en un 1,7%.

5. Autónomos que causen alta inicial. Los autónomos que no hayan estado de alta en los 5 años anteriores pueden acceder a la tarifa plana de 50 euros durante 6 meses, porcentaje que se va incrementando progresivamente hasta alcanzar la cuota normal a partir de los 18 meses. Los trabajadores menores de 30 años y las trabajadoras menores de 35 pueden mantener el 30% de reducción hasta los 30 meses.
Esta tarifa plana es aplicable a la base mínima de cotización. Aquellos que coticen por una base mayor pueden acceder a una reducción del 80% de la cuota.

Vemos, pues, que en el momento de cursar el alta debemos considerar que cotizaciones puede ser interesante incluir o bien a qué bonificaciones podemos tener derecho, en lugar de optar por la base mínima sin detenernos a pensar en las posibilidades.New Call-to-action


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