Los que se conviertan en padres a partir del 1 de enero disfrutarán de 12 semanas de permiso de paternidad

Novedades 2020 en el permiso de paternidad

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Actualizado 31 | 01 | 2020 07:00

Permiso de paternidad

El próximo mes de enero entra en vigor la segunda ampliación del permiso de paternidad.

Por lo tanto, de las 8 semanas de descanso a las que los padres tienen derecho en la actualidad, los que se conviertan en padres a partir del 1 de enero disfrutarán de 12 semanas de permiso de paternidad.

El objetivo de esta ampliación progresiva es que en enero de 2021, el permiso del padre sea igual a el de la madre, es decir, de 16 semanas. Esta medida también es aplicable a aquellos padres que lo sean por vía de adopción o acogimiento.

Requisitos para disfrutar del permiso de paternidad 2020

Para poder disfrutar del permiso de paternidad y de su prestación en 2020 tendrás que cumplir estos requisitos:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de tus pagos.
  • Notificar el nacimiento en los 15 primeros días de vida del bebé en una oficina de la Seguridad Social, o de manera telemática por Internet.
  • Tienes que haber cotizado un mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al momento de solicitar la baja, o 360 días a lo largo de toda tu vida laboral.

Para notificar el nacimiento de tu hijo necesitarás el DNI, el informe médico del parto, el libro de familia o la certificación de a inscripción de la Seguridad Social, el documento de situación de actividad donde se constate que eres trabajador autónomo y el número de cuenta donde quieres que te hagan el ingreso de la prestación.

En caso de adopción o acogida, tienes que presentar la resolución judicial que la acredite.

Cuánto cobrarás y cómo disfrutarás del permiso de paternidad 2020

Es una medida cuyo objetivo es favorecer la conciliación familiar atenuando la carencia de ganancia durante los primeros días de vida del nuevo hijo, mientras el padre y la madre están a su cuidado.

Por lo tanto, cobrarás una prestación equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal, que corresponde con tu base de cotización.

Otra de las novedades para el próximo año es que de las 12 semanas que tienes de baja paternal, las cuatro primeras deben ser inmediatamente siguientes al nacimiento de tu hijo y a jornada completa.

Bajas por semanas y a media jornada

Transcurridas las cuatro primeras semanas, para las ocho semanas siguientes tienes varias opciones:

  • Continuar de baja ininterrumpida estas ocho semanas que te quedan. En este caso, la madre puede cederte 2 semanas más de su baja por maternidad, por lo que tendrías un total de 10 semanas más.
  • Que hagas uso de esas semanas restantes en varios períodos de tiempo y siempre durante el primer año de vida del bebé. En caso de no hacerlo durante su primer año, perderías el derecho.

Podrás solicitar la baja por semanas y avisando previamente de los períodos elegidos, y a tiempo completo o a media jornada.

Otras ayudas por ser padre

La prestación por paternidad está exenta de IRPF, y durante el tiempo en el que la estés disfrutando no tendrás que abonar la cuota de autónomo.

Cuando quieras retomar la actividad, puedes beneficiarte del “Cheque guardería”, que se trata de una reducción del IRPF de hasta 1.000€ con la que reducir el gasto de llevar al niño a un centro infantil autorizado para volver a retomar la actividad laboral.

Hasta que el niño tenga 12 años, también puedes optar a una bonificación del 100% de tu cuota de autónomo mientras cuidas de él, siempre y cuando contrates a alguien para que te sustituya en tu actividad y lo mantengas dado de alta un mínimo de 6 meses más al retomar tu rutina laboral.

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