Prácticamente a todos se nos olvida identificar al conductor.

No identificar al conductor nos puede salir muy caro

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©Europa Press

Actualizado 10 | 01 | 2020 07:00

Javier Bolaños | Socio. Asesor fiscal de Negotia

Cuando cometemos una infracción de tráfico y no han podido detener el vehículo nos llega a casa una notificación de la Dirección General de Tráfico avisando de la infracción. Nuestro primer pensamiento siempre es: ¿cuánto me va a costar? y ¿perderé puntos con esta sanción? Una reacción lógica, que muchas hace que obviemos otros datos importantes que nos pueden acarrear una pérdida mayor para nuestro bolsillo tanto como la propia multa.

En dicha notificación viene reflejada la fecha de la denuncia, la hora, el número de expediente, el lugar de la denuncia, los datos del vehículo y el hecho que se notifica. Pero también, algo fundamental que no debemos dejar pasar de largo.

En el segundo párrafo nos comunican la OBLIGACION LEGAL de identificar VERAZMENTE al conductor del vehículo en el momento de cometerse la infracción. Una identificación, que deberemos comunicar en un plazo relativamente breve de 20 días naturales, no laborables.

Prácticamente a todos se nos olvida identificar al conductor. A veces por despiste, a veces porque pensamos que no hace falta siendo el mismo el conductor y el dueño del vehículo. Esa presunción no la hace la Dirección General de Tráfico por lo que es IMPRESCINDIBLE identificar al conductor.

¿Qué ocurre si se nos pasa el plazo?

En caso de que se nos olvide comunicar el plazo de identificación nos llegará a casa otra notificación de la DGT. Ahora sí, con la sanción por no haber identificado al conductor. La multa, que no es poca cosa, asciende a 900€ ya que está calificada como MUY GRAVE por el artículo 77 apartado j de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

En este caso, no hay que ponerse nervioso. Lo primero que tendremos que hacer será realizar unas alegaciones a esta sanción y, simultáneamente, identificar al conductor aunque se haya pasado el plazo.

Una vez identificado el conductor y recibido por parte de la DGT el escrito de identificación, nos enviarán una sanción de 300€ y la pérdida de 2 puntos del carné de conducir. Algo fundamental, porque en ese momento se abre un plazo de pronto pago y la multa resultaría ser de 150€ y la pérdida de los 2 puntos del carné.

Desde mi punto de vista, el ahorro es muy importante y la pérdida de dos puntos no es nada grave ni lesiva, siempre que esta disminución no nos haga perder todos los puntos. Con estas dos sencillas acciones pasaremos de pagar 900€ a pagar 150€, con lo que nos ahorraremos más del 80% de la sanción inicial.

Dos sencillas gestiones que es recomendable dejar en manos de expertos que saben cómo realizarlas para no tener ningún inconveniente más. En Negotia podemos ayudarte.

A partir de ahora, cuando nos llegue una multa además de pensar cuánto me va a costar y si supone pérdida de puntos, nuestra siguiente acción será la de identificar al conductor.

 

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