El plazo de aplazamiento será de 6 meses, no devengando intereses en los 3 primeros meses.

Medidas económica urgentes ante el impacto del coronavirus: Aplazamiento de deudas tributarias a pymes

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Actualizado 14 | 03 | 2020 14:32

Aplazamiento deudas tributarias

El BOE publica hoy el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del Covid-19.

El artículo 14  de este Real Decreto regula la posibilidad de aplazar determinadas deudas tributarias a pymes (retenciones, pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades e IVA), en las condiciones que se indican en las instrucciones «provisionales» publicadas por la AEAT.

Esta medida afecta a deudas por importe de hasta 30.000 euros correspondientes a declaraciones-liquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre 13 de marzo de 2020 y 30 de mayo de 2020. La medida será aplicable a aquellos contribuyentes que en 2019 no hayan superado los 6.010.121,04 de euros de volumen de operaciones.

El plazo de aplazamiento será de 6 meses, no devengando intereses en los 3 primeros meses.

 


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