Tipos de Empresa según el sector de actividad, tamaño, propiedad del capital, actividad, destino beneficios y forma jurídica.

Los 15 tipos de empresas que puedes crear

©BigStock

Actualizado 31 | 05 | 2017 09:21

Teniendo en cuenta la importancia de este tema, a continuación veremos de forma resumida cuáles son los diferentes tipos de empresa según una clasificación que incluye diversos criterios.

  • Empresario individual: es lo que se conoce como autónomo. Se trata de una persona la que realiza una actividad profesional por su cuenta, con empleados o no. No depende de otra organización o compañía.
    Nº de socios: 1
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes
  • Emprendedor de Responsabilidad Limitada: persona física, que por su cuenta y con limitación de responsabilidad bajo determinadas circunstancias, lleva a cabo una actividad profesional o económica.
    Nº de socios: 1
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: Ilimitada con excepciones
  • Comunidad de bienes: se trata de la manera más sencilla de que se asocien los autónomos. Es una actividad profesional realizada entre varios de forma común.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes
  • Sociedad civil: a través de un contrato dos personas ponen en común un capital con intención de repartirse los beneficios.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes
  • Sociedad colectiva: todos los socios de esta sociedad, reunidos bajo una misma razón social, tienen que participar en las obligaciones y derechos que establezca el acuerdo.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes
  • Sociedad Comanditaria Simple: se trata de una sociedad mercantil en donde hay varios socios que aportan trabajo y capital, que tienen la obligación de responder a las deudas sociales de manera subsidiaria, personal y solidaria.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada: el capital social se divide en participaciones a través de las aportaciones de los socios, que no tienen que responder a las deudas sociales.
    Nº de socios: Mínimo 1
    Capital: Mínimo 3.000 euros
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad Limitada de Formación Sucesiva: muy similar a la de Sociedades de Responsabilidad Limitada, salvo a la hora de garantizar unas cierta protección de terceros.
    Nº de socios: Mínimo 1
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa: se trata de una especialidad de la sociedad limitada, con un máximo de cinco socios.
    Nº de socios: Mínimo 1 | Máximo 5
    Capital: Mínimo 3.000 euros  | Máximo 120.000 euros
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad Anónima: el capital social se divide en acciones, con las aportaciones de los socios.
    Nº de socios: Mínimo 1
    Capital: Mínimo 60.000 euros
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad Comanditaria por acciones: el capital social se divide en acciones. Uno de los socios se ocupará de la administración de las deudas sociales.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: Mínimo 60.000 euros
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral: los propios trabajadores son los propietarios de la mayoría del capital social. La relación laboral con la empresa es por tiempo indefinido.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: Mínimo 3.000 euros
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad Anónima Laboral: gran parte del capital social pertenece a los trabajadores, que prestan a la empresa unos servicios retribuidos de manera directa y personal.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: Mínimo 60.000 euros
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad Cooperativa: se trata de personas que se reúnen para llevar a cabo una actividad empresarial, con una estructura democrática.
    Nº de socios: Cooperativas 1er grado: Mínimo 3 – Cooperativas 2º grado: 2 cooperativas
    Capital: Mínimo fijado en los Estatutos
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedades profesionales: la que se forma para el ejercicio en común de una actividad profesional.
    Nº de socios: Mínimo 1
    Capital: Limitada al capital aportado a la sociedad
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Sociedad de Garantía Recíproca: son entidades financieras que facilitan la financiación a las pymes.
    Nº de socios: Mínimo 150 socios participes
    Capital: Mínimo 10.000.000 euros
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Entidades de capital riesgo: intentan que la empresa incremente su valor, y cuando la inversión esté madurada el capitalista se aparta para conseguir un beneficio.
    Nº de socios: Al menos 3 miembros en el Consejo Administración
    Capital: Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 € | Fondos Capital Riesgo: Mínimo 1.650.000 €
    Responsabilidad: Limitada al capital aportado a la sociedad
  • Agrupación de Interés Económico: se limita a una actividad económica auxiliar de la que llevan a cabo sus socios.
    Nº de socios: Mínimo 2
    Capital: No existe mínimo legal
    Responsabilidad: El socio se responsabiliza con todos sus bienes

Cargando noticia...