La Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero se debe efectuar mediante la cumplimentación del Modelo 720

La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por imponer sanciones desproporcionadas por no notificar los activos poseídos en el extranjero

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©Comisión Europea

Actualizado 14 | 06 | 2019 11:40

La Comisión Europea considera que las sanciones que España impone actualmente a las personas que incumplen el deber de declarar los activos que poseen en el extranjero son desproporcionadas y discriminatorias, y entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE en cuanto a libre circulación y libertad de establecimiento.

La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por imponer sanciones desproporcionadas a los contribuyentes españoles que no notifican a la Agencia Tributaria los activos que poseen ubicados en otros Estados miembros de la UE y del Espacio Económico Europeo.

En concreto, la Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero se debe efectuar mediante la cumplimentación del Modelo 720.

En la actualidad, según la Comisión Europea ha difundido mediante un comunicado de prensa, España exige que los contribuyentes residentes notifiquen los activos que poseen en el extranjero tales como propiedades, cuentas bancarias y activos financieros.

Por ello, la Comisión Europea considera que las citadas sanciones por el cumplimiento incorrecto o tardío de esta obligación de información legítima son desproporcionadas y discriminatorias, y que pueden disuadir a las empresas y a los particulares de invertir o circular a través de las fronteras en el mercado único.

Por consiguiente, estas disposiciones entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE, tales como la libre circulación de personas, la libre circulación de trabajadores, la libertad de establecimiento, la libre prestación de servicios y la libre circulación de capitales.

La Comisión Europea incoó inicialmente el procedimiento de infracción de la UE en noviembre de 2015 mediante una carta de emplazamiento, seguida de un dictamen motivado con fecha 15 de febrero de 2017. Dado que España aún no le ha dado cumplimiento, la Comisión Europea ha decidido, con fecha 6 de junio de 2019, llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.


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