La base máxima de cotización se mantendrá en 2018 en 3.751,2 euros, mientras que la base mínima se incrementará en el mismo porcentaje que el salario mínimo, un 4%, según el proyecto de Orden por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social para el ejercicio 2018, que se encuentra actualmente en trámite de información y audiencia pública.
En 2013 y 2014, la base máxima se incrementó un 5% en cada ejercicio, hasta situarse al final de ese periodo en 3.597 euros mensuales. En 2015, el Gobierno del PP la subió un 0,25% y en 2016 otro 1%, dejándola en 3.642 euros. En 2017 la incrementó un 3%, hasta los 3.751,2 euros, cuantía que se mantendrá en el ejercicio 2018.
Con la subida del 4% en el salario mínimo, que se aprobará el próximo viernes en Consejo de Ministros, la base mínima de cotización también se incrementa en la misma proporción.
De este modo, la base mínima de cotización en contingencias comunes para licenciados e ingenieros se incrementará desde los 1.152,9 euros mensuales a unos 1.199 euros, en tanto que la de ayudantes no titulados, oficiales y auxiliares administrativos y subalternos pasará de 825,6 euros a cerca de 858,6 euros mensuales en 2018.
Al haber quedado prorrogados de forma automática para el próximo año los Presupuestos Generales del Estado para 2017, las normas de cotización se mantendrán hasta que no se aprueben los Presupuestos correspondientes 2018, si bien se han adaptado a algunas modificaciones legales que se produjeron con posterioridad a la aprobación de los Presupuestos.
En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) la base máxima de cotización para 2018 se mantendrá en 3.751,2 euros mensuales y la mínima, en 919,8 euros.
No obstante, los autónomos societarios verán incrementada su base mínima un 4%, ya que la prórroga para 2018 de las cuentas públicas de 2017 ha impedido que esta base, habitualmente ligada a la evolución del SMI, se vincule a Presupuestos, tal y como quedó establecido en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.