El modelo 200 es la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades(IS); aquel que se aplica sobre los beneficios que obtienen las empresas.Sus modelos complementarios son el 202, que es el pago fraccionado de régimen general; y el 220 que es la declaración del IS para sociedades.
¿Quién debe presentar el modelo 200 a Hacienda?
Estarán obligados a presentar ante la AEAT este modelo aquellas entidades con residencia en el territorio español y que tenga personalidad jurídica propia. Es el caso de:
- Sociedades Mercantiles: SA, SL, Colectivas, Laborales…
- Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales.
- Agrupaciones de Interés Económico.
- Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII).
- Uniones temporales de empresas.
- Fondos de Capital Riesgo (VC).
- Fondos de Pensiones.
¿Alguien está exento de presentar el modelo 200?
Existen excepciones para este impuesto según la Ley del Impuesto de Sociedades:
- El estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, banco de España. Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito, instituto de España…
- Parcialmente exentas estarán entidades sin ánimo de lucro, uniones, federaciones, colegios profesionales, cámaras oficiales, sindicatos de trabajadores… que:
- Sus ingresos totales no superen los 100.000€ anuales.
- Sus ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen los 2.000€ anuales.
- Todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.
- Los partidos políticos.
¿Qué plazos hay para presentar el modelo 200?
No existe un plazo determinado para presentar este impuesto; dependerá de cuándo termine el ejercicio económico de tu empresa. Por tanto, cada contribuyente lo hará en unas fechas diferentes.
Para saber cuándo tendrás que presentar el modelo 200, debes calcular 6 meses tras el cierre del período impositivo. Si, en tu caso, el ejercicio económico corresponde con el año natural deberás presentar el modelo 200 antes del 25 de julio del año siguiente.
Recuerda que debes rellenar el modelo aunque no hayas tenido actividad durante el ejercicio anterior.
¿Cómo hay que rellenar el modelo 200?
Empezaremos por la página 1 del modelo, de arriba a abajo:
- Período impositivo: sólo debes indicar la fecha de inicio y cierre del período por el que presentas la declaración; es decir, tu ejercicio económico.
- Identificación del declarante: pega las etiquetas que te ha facilitado, previamente, la Agencia Tributaria.
- Ejercicio: en esta casillas deberás indicar cómo es tu ejercicio económico. Pondrás un número (1, 2 ó 3) según tu caso:
- Ejercicio económico de 12 meses que coincide con el año natural.
- Ejercicio económico de 12 meses que no coincide con el año natural.
- Ejercicio económico de duración inferior a 12 meses.
A continuación, deberás completar el anexo del documento:
- Código CNAE: CNAE son las siglas de Clasificación Nacional de Actividades Económicas. Según cuál sea tu actividad, deberás introducir un código determinado.
- Declaración complementaria: deberás marcar esta casilla si este modelo sustituye a otro anterior en el que hayas cometido algún error.
- Firma del declarante.
Has terminado de cubrir el modelo 200, pero junto a este debes presentar una serie de documentación obligatoriamente.
- Balance y cuenta de pérdidas y ganancias.
- Justificación de los impuestos satisfechos respecto de la renta positiva que deba ser incluida en la base imponible.
- Comunicación de inversiones anticipadas y del sistema de financiación de la entidad, cuando se hayan realizado en Canarias.
¿Cómo puedo presentarlo ante Hacienda?
Desde hace unos años ya no es posible presentarlo en papel, por lo que no podrás descargarlo en pdf, siendo la única forma posible y obligatoria de hacerlo a través de internet. La Agencia Tributaria facilita toda la información aquí, paso a paso, para que puedas subir el documento sin problemas.
Errores habituales que debes evitar
Es muy importante que entiendas, también, cuáles son los puntos críticos a la hora de rellenar el modelo 200 para que no cometas errores. Los más habituales son:
No marcar la casilla correcta
En el caso de la página 1 del modelo, deberás marcar el tipo de entidad y el tipo de régimen que se te va a aplicar. Dependiendo de esto, se activarán unas casillas u otras. Esto, después, no de puede modificar así que es importante que estés seguro de qué casillas estás marcando.
Poner como representante legal de la entidad a alguien que ya no lo es
Es frecuente indicar como representante de la entidad al que figuraba a 31 de diciembre, en lugar del que ostenta el cargo en la fecha actual. Lo mismo ocurre con la identificación de los socios y del administrador. Debes poner siempre los que constan en la fecha de presentación del impuesto y no al cierre del ejercicio.
No compensar las bases negativas de ejercicios anteriores
Si el impuesto sale a pagar puedes compensar (restar) a ese importe los resultados negativos de ejercicios anteriores (si los hay). Si olvidas hacerlo, una vez pasado el plazo de presentación voluntario ya no podrás corregirlo.
Novedades en el modelo 200 en 2018
Julio es un mes estresante tanto para empresas como para asesores. Al incremento de actividad en muchos sectores por el periodo estival hay que sumar el hacer frente a preparar y presentar uno de los impuestos más importantes del año, el Impuesto de Sociedades.
El día 1 de Julio entraron en vigor las novedades en el modelo 200 de la declaración del Impuesto sobre Sociedades para el año 2018.
Queremos ayudaros a presentar este impuesto resolviendo cualquier duda con esta lista de novedades. Si quieres más información sobre cómo presentar el modelo 200 en profundidad, te recomendamos esta guía.
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Empezamos con las novedades incluidas en el modelo 200 de 2018:
Página 1
En la página 1 se han añadido dos caracteres nuevos que permiten hacer compensaciones de bases negativas en casos excepcionales. Como puede ser el caso del periodo impositivo en que se produzca la extinción de la entidad o en el caso de entidades de nueva creación.
- 0070 – Compensación de bases imponibles negativas para entidades de nueva creación.
- 0072 – Extinción de la entidad.
- 0073 – Otras opciones.
Página 2
- Aparece la figura “Otra” en la columna de F/J en la tabla de participaciones de personas o entidades en la declarante.
Página7
- Se ha añadido Operaciones continuadas como parte de Importe neto de la cifra de negocios.
Página 12
Presenta las siguientes novedades:
- Rentas negativas (art.11.9 y 11.10 LIS): Se actualiza el articulado eliminando la referencia al 11.11 (derogado)
- Gastos no deducibles por considerarse retribución de fondos propios (art.15.a) LIS
- Pérdidas por deterioro de valores repr.de partic. En el capital o fondos propios (art.15 K) LIS)
- Disminución de valor originada por criterio de valor razonable (art.15ILIS)
- Otros gastos no deducibles (art 15.c),d),f),i)LIS: se modifica la referencia al articulado (quitando referencia art 15.a)
- Exención sobre dividendos y rentas derivadas de transmisión de valores entidades residentes y no residentes (art 21 LIS): Cambia el nombre de la exención 2017.
Página 13
- Se añade una aclaración en reserva de capitalización (desglose en página 20 bis) y reserva de nivelación (desglose en página 18 bis)
- Se traspasa la información de “Tipo de gravamen” a la página 14.
Página 14
- En la página 14 se añade aclaración sobre el desglose en página 15 y 16 de las deducciones por doble imposición.
Página 14 bis
- Se crea una nueva página, 14.bis, para incluir un mayor desglose de las retenciones e ingresos a cuenta en función de la naturaleza de las rentas del contribuyente, que se someten a retención o que son imputadas a este por agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas.
Página 17 y 18:
Eliminan las siguientes deducciones:
- Madrid Horse Week (MH)
- Universiada de Invierno de Granada 2015 (UG)
- IV Centenario de la segunda parte de El Quijote (Q)
- Donostia/San Sebastián, Capital Europea de la Cultura 2016 (D16)
- Programa de preparación de los deportistas españoles para los juegos de “Ri de Janeiro 2016” (R16)
- World Challenge LFP/85º Aniversario de la Liga (WCH)
- Expo Milán2015 (EM)
- Plan Director para la recuperación del Patrimonio Cultural de Lorca (PL)
Nuevas deducciones:
- 2017: Madrid Horse week 17/19 (HW19)
- 2017: V Centenario de la expedición de la primera vuelta al mundo de Fernando de Magallanes y Juan Sebastian Elcano (EPVM)
- 2017: 40 Aniversario del Festival internacional de Teatro Clásico de Almagro (TCA)
- 2017: 250 Aniversario del Fuero de Población de 1767 y Fundación de las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucia (25OF)
- 2017: IV Centenario de la Plaza Mayor de Madrid
- 2017: Photoespaña 20 aniversario
- 2017:4ª edición de la Barcelona World Race (4BWR)
- 2017: 75º Aniversario de la Escuela Diplomática (ED)
- 2017: 50º Aniversario de la Universidad Autónoma de Madrid (50UA)
- 2017: Plan de fomento de la lectura (2017-2020)( PFL)
- 2017: IV Centenario del nacimiento de Bartolomé Esteban Murillo
- 2017: Numancia 2017
- 2017: VII Centenario del Archivo de la Corona de Aragón
- 2017: World Roller Games Barcelona 2019 (RG19)
- 2017: I Centenario de la Ley de Parques Nacionales de 1916 (LPN)
- 2017: XXX Aniversario de la Declaración de Toledo como Ciudad Patrimonio de la Humanidad
- 2017: Lorca, Aula de la Historia
- 2017: Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020 (T20)
- 2017: Plan 2020 de Apoyo a los Nuevos Creadores Cinematográficos y a la conservación y difusión de la historia del cine español (NCC)
- 2017: 25 Aniversario de la Casa de América (CA)
- 2017: Teruel 2017. 800 Años de los Amantes (T17)
- 2017: 40 Aniversario de la Constitución Española (40CE)
- 2017: Año Hermandiano 2017 (AH17)
- 2017: 25 Aniversario de la declaración por la Unesco de Mérida como Patrimonio de la Humanidad (25M)
- 2017:Campeonatos del mundo de canoa 2019
- 2017: Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025 (PDMM)
- 2017: La Liga Word Challenge (LWCH)
- 2018:Resto deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público ( para entidades que tengan período impositivo que no coincida con el año natural y para programas cuya vigencia se inicie en 2018)
Deducciones I+D+I excluidas del límite. Opción art.39.2 LIS.
Se añaden las siguientes deducciones:
- 2017: Investigación y desarrollo (CTE)
- 2017: Innovación tecnológica (ITE)
Página 20.bis: Reserva de capitalización
Se actualiza a 2017
Se bloquea la casilla de la Reducción B.I pendiente de aplicar en periodos futuros para el ejercicio 2015, (2017 es su último año de aplicación)
Rellenar el modelo 200 en unos minutos
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