Características y especificidades de los tipos de contratos de trabajo

Guía de contratos SEPE

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Actualizado 25 | 02 | 2020 07:00

Contratos SEPE

La guía de contratos del Servicio Público de Empleo Estatal o SEPE es un instrumento útil de consulta orientado a la contratación laboral y sirve para que los emprendedores y trabajadores conozcan mejor las alternativas en la contratación laboral. En ella se desgranan las características y especificidades de los tipos de contratos de trabajo y aspectos claves como:

  • Requisitos que han de cumplir los trabajadores para poder ser contratados.
  • Requisitos que ha de cumplir la empresa.
  • Principales características de esa modalidad.
  • Obligaciones de las partes.
  • Incentivos (subvenciones, bonificaciones en las cuotas, ayudas, etcétera) a los que se puede acceder, así como los requisitos para tener derecho a ellos.
  • Normativa reguladora.

Contrato indefinido

Es un tipo de contrato laboral que no tiene límite de tiempo, también conocido como trabajo fijo. Otra de sus características es que la propia normativa lo fomenta en casos como, por ejemplo, cuando se entiende que los temporales de más de cuatro semanas que no figuren por escrito sean contratos indefinidos. También cuando se establecen requisitos y limitaciones para la contratación temporal.

El contrato indefinido contribuye a reforzar los vínculos a largo plazo entre el trabajador y la empresa y fomentar las relaciones entre el trabajador y el resto de sus compañeros y clientes habituales con los que se relaciona en su día a día.

Estas son las modalidades de contrato indefinido que se contemplan en la guía SEPE:

  • Ordinario.
  • De personas con discapacidad.
  • De personas con discapacidad en centro especiales de empleo.
  • Para personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales.
  • De personas desempleadas de larga duración.
  • Para trabajadores en situación de exclusión social.
  • Para víctimas de determinados delitos.
  • De trabajadores en situación social por empresas de inserción.
  • De familiar de trabajador autónomo.
  • Para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo.
  • De servicio del hogar familiar.
  • Para penados en instituciones penitenciarias.
  • De trabajo en grupo.
  • De alta dirección.

Contrato temporal

Como su propio nombre indica, en este tipo de contrato se establece la duración del mismo. Puede darse para múltiples funciones, como la realización de una obra o un servicio concreto, la cobertura de una interinidad o para cubrir las necesidades concretas y eventuales que se pueden producir.

Es un tipo de contrato que contribuye la flexibilidad de la empresa y permite reaccionar ante circunstancias inusuales e imprevistas.

En la guía SEPE se analizan las tres modalidades de contrato temporal: interino, eventual y de obra o servicio. También contempla otros tipos de contratos temporales como:

  • De situación de jubilación parcial.
  • De relevo.
  • Trabajos de interés de social/fomento del empleo agrario.
  • Sustitución por anticipación en la edad de jubilación.

Contrato de formación y aprendizaje

El objetivo de este contrato es de su compaginar el trabajo con una formación recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. El contrato de formación y aprendizaje contribuye a la inserción laboral de los jóvenes y sirve como refuerzo de las enseñanzas recibidas en el centro de formación durante su trabajo además de obtener una experiencia laboral que les permita tener una visión más global de los estudios que cursan.

En la guía SEPE se abordan las modalidades de contrato ofrecidas:

  • Por ETT.
  • En programas de empleo y formación.
  • Con personas con discapacidad.

Contrato de prácticas

El contrato en prácticas se puede dar en los cinco años siguientes a la obtención del título universitario, de formación profesional o similar, siete años en el caso de discapacitados.

Su duración oscila entre los seis meses y los dos años y deben permitir que, durante este tiempo, el trabajador adquiera práctica profesional.

Este tipo de contratos permite realizar una transición entre los estudios realizados y sus aplicaciones profesionales y sirven para que el trabajador adquiera experiencia.

En la guía SEPE se analizan tres modalidades:

  • Ordinario.
  • Con ETT.
  • De trabajadores discapacitados.

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