Grupos de Cotización y categorías profesionales

Grupos de cotización: ¿Sabes cuál es el tuyo?

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Actualizado 05 | 10 | 2016 09:59

Grupos de cotización

Seguramente alguna vez te ha surgido la duda de a qué grupo de cotización perteneces, ya seas trabajador por cuenta propia o ajena, y no es para menos, ya que por lo general en la nómina mensual, lo único que figura es la numeración del grupo correspondiente.

¿QUÉ ES UN GRUPO DE COTIZACIÓN?

Si nos ceñimos a la definición que da la Seguridad Social, los grupos de cotización son los grupos profesionales que le corresponden a cualquier trabajador en función de su actividad y puesto de trabajo que desempeñe. Los criterios por los que se rige su clasificación, deben estar detallados y establecidos en los convenios colectivos de la empresa a la que pertenezcan. El hecho de pertenecer a uno u otro grupo, determinará el salario que se va a percibir.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE GRUPO Y CATEGORÍA PROFESIONAL?

Hay que tener en cuenta que hasta la entrada en vigor de la reforma laboral del año 2012, se utilizaban las categorías profesionales como medio para clasificar a los trabajadores en las empresas y asignarles su cotización en base al grupo profesional al que perteneciesen. Esto ha cambiado y ya no se hace así.

La diferencia fundamental que existe entre ambos conceptos, es que la definición de grupo es mucho más amplia, ya que tiene en cuenta aspectos como las habilidades, aptitudes, titulación obtenida y las funciones generales del puesto de trabajo que desempeñe cada persona. Además, dentro de cada grupo se establece una división en subgrupos en función de la responsabilidad asumida en el puesto y los distintos perfiles profesionales que abarca.

Por otra parte, la categoría profesional, sólo hace referencia a la capacitación personal que tiene el trabajador sin tener en cuenta otros aspectos.

EL GRUPO PROFESIONAL PERMITE MOVILIDAD FUNCIONAL

Esto implica una gran ventaja para las empresas ya que se puede reajustar el puesto de trabajo en función de las necesidades que tenga la organización en cada momento.

Quiere esto decir, que la empresa está autorizada a reubicar a un trabajador en un puesto de trabajo distinto al concertado en un principio por contrato, aunque siempre debe existir un criterio que lo justifique y unos límites establecidos.

Pensemos en la revolución que ha supuesto esto para los departamentos de RRHH que han podido distribuir sus recursos humanos según las necesidades reales que surjan en cada momento. Con este nuevo enfoque se pretende eliminar la rigidez que existía anteriormente con la clasificación en las categorías profesionales.

Pongamos un ejemplo…

Imaginemos un licenciado en ingeniería que esté desempeñando en una empresa el puesto de auxiliar administrativo. Pues bien, dicha persona no se encuadraría en el grupo profesional de ingenieros y licenciados, sino en el de oficiales administrativos, debido a que su formación no corresponde a las funciones que está desempeñando en la organización. Visto a ojos de muchos, pues resultar injusto, ya que el grupo no tiene en cuenta la preparación, sino el grado de cualificaron que el puesto que desempeña requiere.

En definitiva, se trata de un sistema que aporta flexibilidad a la organización de la empresa y que se creó con el objetivo de evitar la destrucción de puestos de trabajo, ya que la reubicación permite permanecer en la compañía.

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LA TITULACIÓN SIGUE SIENDO DECISIVA

También la reforma laboral del 2012, incluye aspectos que siguen teniendo muy en consideración la titulación profesional de cada trabajador para la determinación de ciertos grupos profesionales, de tal forma que sin un trabajador no cuenta con la titulación necesaria para el puesto de trabajo vacante, no podrá clasificarse en dicho grupo ni cobrar el salario correspondiente.

Por otra parte existen otros grupos profesionales en los que la reforma permite a través de un proceso de negociación colectiva, modificar o reasignar las funciones laborales de cada puesto.

La retribución salarial se realizará en función de la asignación del trabajador a uno u otro grupo profesional, pudiendo valorarse también otros aspectos como la productividad y competitividad a la hora de desempeñar el puesto.

¿CÓMO SE CLASIFICAN LOS GRUPOS DE COTIZACIÓN?

Existen once grupos de cotización según las leyes de nuestro país. Cada uno de ellos con una base mínima, que es distinta en los 7 primeros grupos, y con una máxima que coincide para todos.

Clasificación grupos de cotizaciónFuente: Labor 10 Asesores (labor10.com)

A través de la página web de la Seguridad Social puedes consultar todas las bases y tipos de cotización para el presente año 2016 tanto para trabajadores por cuenta ajena, como autónomos, como aquellos que se encuentran en un régimen especial (empleados de hogar, agrarios por cuenta ajena, trabajadores del mar…etc).


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