El Gobierno sustituirá la comisión máxima de gestión de los planes de pensiones, fijada actualmente en el 1,5%, por un sistema de tres tramos en función de las diferentes políticas de inversión de los propios fondos.
En concreto, la comisión máxima de gestión de los fondos de renta fija se reducirá hasta el 0,85%, mientras que en el caso de la renta fija mixta el importe máximo se reduce hasta el 1,3%. Para el resto de fondos –renta variable y fondos garantizados– la comisión de gestión máxima se mantiene en el 1,5%.
Así consta en un proyecto de Real Decreto que modificará el reglamento de los planes y fondos de pensiones –aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero–, que se encuentra en un periodo de audiencia pública y que está previsto que se apruebe en Consejo de Ministros en un plazo de unos seis meses, explicaron en fuentes del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Con este proyecto, la comisión máxima media de los planes de pensiones se rebaja hasta el 1,25%, desde el 1,5% anterior, como avanzó el propio ministro de Economía, Luis de Guindos, el pasado mes de septiembre. Por su parte, las comisiones depositarias se reducen del 0,25% al 0,2%.
Según las mismas fuentes, este proyecto, que persigue incrementar el atractivo de los planes de pensiones en un contexto de bajos tipos de interés, permitirá elevar la rentabilidad neta de este producto de ahorro en unos 67 millones de euros anuales.
A cierre de 2016, los ciudadanos españoles acumulaban 106.000 millones de euros en planes y fondos de pensiones, de los cuales en torno al 45% se ubicaba en el tramo del renta fija mixta, un 35% en renta variable y fondos garantizados y un 18% en renta variable pura, según los datos facilitados.
FOMENTAR EL AHORRO EN EDADES TEMPRANAS
El nuevo reglamento también permitirá liquidar sin limitaciones las aportaciones realizadas a los planes de pensiones, así como los rendimientos generados, a los diez años con el objetivo de fomentar la contratación de estos productos entre los ahorradores más jóvenes.
Además, la nueva legislación establece que los partícipes de los planes de pensiones de empleo también tendrán derecho a liquidar sus aportaciones en estos diez años, si así lo permite el compromiso y lo prevén las especificaciones del plan y con las condiciones o limitaciones que éstas establezcan en su caso.
Actualmente, tan solo se permite recuperar las aportaciones realizadas a los planes de pensiones una vez alcanzada la jubilación, o en los supuestos de enfermedad grave o paro de larga duración.
Según el Ministerio de Economía, incrementar la disponibilidad de liquidar los planes de pensiones supone un «incentivo» para la contratación de estos productos que puede impulsar el desarrollo de los sistemas de previsión social complementaria.