La Federación de Empresas de La Rioja (FER) manifiesta su completa satisfacción por la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021, cuya parte dispositiva se hizo pública ayer, en la que se declara inconstitucional, y por lo tanto nulo de pleno derecho, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: las llamadas plusvalías municipales.
Tal y como desde FER se ha denunciado reiteradamente, el Tribunal de Garantías ha confirmado que el cálculo del impuesto es inconstitucional al entender que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad, afectando al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española.
Desde la FER, se ha venido denunciado reiteradamente que el cobro de las plusvalías era profundamente injusto para los ciudadanos, y que se lleva cobrando de manera ilegal e inconstitucional por la sonrojante inacción tanto del Gobierno de España como de los Ayuntamientos de La Rioja, así como por la vergonzante desidia de todos los partidos políticos, en manifiesto perjuicio de la ciudadanía.
La voracidad recaudatoria de las Administraciones públicas se pone claramente de manifiesto en el impuesto de las plusvalías municipales, que se ha estado girando durante años a todos los ciudadanos y empresas aplicando un sistema de cómputo que no se corresponde con la realidad, y cobrando por ese concepto en supuestos como por ejemplo la transmisión patrimonial derivadas de una herencia por la defunción de un familiar directo o la dación en pago como consecuencia de un procedimiento concursal de una empresa.
Desde que en el año 2016 la FER obtuvo las primeras sentencias en contra del cobro indiscriminado de plusvalías por parte del Ayuntamiento de Logroño, aconsejó a todos los ciudadanos y empresas que recurrieran. La organización empresarial puso a la disposición de toda la ciudadanía y de las empresas que lo precisaran sus servicios jurídicos para ayudarle a confeccionar los escritos solicitando la devolución de los importes indebidamente cobrados por los Ayuntamientos riojanos en concepto de plusvalías.
Con la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad de las plusvalías municipales, desde la FER volvemos a hacer un llamamiento a toda la ciudadanía y a todas las empresas para que en todo caso recurran todas aquellas liquidaciones de plusvalías que les giren los Ayuntamientos, que las paguen, y que luego soliciten la devolución de lo ilegalmente cobrado con intereses.
Esta Sentencia de Tribunal Constitucional declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la misma. Es decir, esta sentencia no tendrá efectos retroactivos en su aplicación a las liquidaciones de plusvalías que sean firmes antes del 26 de octubre de 2021.
Aunque todavía no se ha publicado la Sentencia, de lo que se desprende de la nota de prensa publicada por el Tribunal Constitucional, parece que sí se podrá solicitar la rectificación de las auto-liquidaciones de plusvalía municipal presentadas en los últimos 4 años. En cuanto se haga público el contenido íntegro de la Sentencia del Tribunal Constitucional, los servicios jurídicos de la FER estudiarán la viabilidad jurídica de esta opción y lo comunicarán a todos los ciudadanos y empresas para que puedan reclamar la devolución de unas cuantías -que pueden alcanzar los 50 o 60 millones de euros- que fueron ilegalmente cobradas por los Ayuntamientos riojanos.