El factoring en 2015 movió en España 115.220 millones de euros y tras dos años de caídas remontó la crisis creciendo un 5.68% respecto al año anterior. También es reseñable el crecimiento de casi un 9% del factoring de exportación que mueve 15.757 millones de euros la empresa exportadora española.
Pero ¿Qué es el Factoring?
Existen múltiples definiciones enciclopédicas de este término, que puedes consultar en Wikipedia o en libros financieros y que según las terminas de leer te quedas igual. A mí me gustan las definiciones sencillas de entender, por eso, por si te vale, ésta es mi definición: Factoring es un ANTICIPO FINANCIERO INMEDIATO ENTRE 3 PARTES.
Una parte adelanta el dinero (previa comisión) a la parte vendedora y que cobrará a la parte compradoraal finalizar el plazo pactado inicial en la operación financiera. El factoring por lo tanto aporta liquidez inmediata a las pequeñas y medianas empresas que no pueden esperar a los dilatados plazos de cobro o no tienen acceso a otro tipo de financiación.
¿Qué tipos hay? Según el riesgo que se asume, dos.
Factoring sin recurso, la parte que asume el riesgo del impago de la parte compradora y Factoring con recurso la parte vendedora, que responde ante la parte del impago de la parte compradora.
En España la gran mayoría de operaciones de Factoring son sin recurso. Por sectores de actividad están a la cabeza las Industrias manufactureras con casi un 30% del volumen total (34.395 millones de euros) y Comercio con cerca del 19% (21.723 millones de euros). Por Autonomías Madrid mueve más del 42% del total nacional a más de 22 puntos porcentuales de diferencia sobre la segunda Comunidad, Cataluña. Para ver los detalles visita la web de ASNEF LOGALTY.
¿Es lo mismo el Descuento, que el Factoring o el Confirming®?
En el factoring la parte vendedora “cede/vende el cobro de las facturas” a la parte que a partir de ese momento como “propietaria”, asume el riesgo y gestiona el cobro además de otros servicios administrativos y financieros, llegando incluso a “aconsejar/desaconsejar” ventas a proveedores que no le parecen muy solventes.
En el descuento, se gestiona exclusivamente el cobro de esa letra, cheque o talón bancario con una comisión, sin asumir ningún riesgo, ni intervenir, ni realizar ningún servicio adicional.
El Confirming® es un “reverse factoring” al contrario de las dos anteriores, lo inicia la parte compradora no la parte vendedora.
¿Cómo surgió el Factoring?
Me gusta mucho navegar en la historia y descubrir el origen de las cosas, así términos como Factoring se entienden con otra perspectiva. En el siglo XVII, cuando el comercio entre el viejo y nuevo mundo, principalmente de textiles, se incrementó exponencialmente, se hizo muy difícil el cobro de las facturas. Una parte vendedora en Londres enviaba un cargamento de sedas a la parte compradora en América … si ahora en siglo XXI es difícil cobrar imagínate en aquel siglo. Ante la necesidad de asegurarse el cobro nacieron las empresas de factoring, que por una comisión asumían la letra con el consiguiente adelanto financiero de la cantidad a la empresa exportadora. Esta comisión, ¡¡era menor que enviar a una persona a cobrar la factura y esperar a que volviera con el dinero!!
Como la primera vez que se hizo este adelanto financiero, se hizo entre países de habla inglesa, se denominó así factoring y después su traducción al castellano factoraje era tan difícil que se asumió este término por el resto de países en inglés.
En España, se empieza a hablar de este sistema de financiación, en la mitad de la década de los sesenta, pero no es hasta los años ochenta cuando se dan los pasos necesarios para impulsar su presencia en el mercado financiero. En 1988 se creó la Asociación Española de Factoring AEF que agrupa a la práctica totalidad de las compañías de factoring que existen en nuestro país.
Con esta revolución del comercio transoceánico, también surgió la necesidad de saber quién era la empresa a la que vendías en Europa y en América. Por eso surgieron empresas como Dun&Bradstreet y nacieron los Informes Comerciales, los antepasados de los Informas Comerciales de INFORMA.
La firma electrónica ¿será la “cuarta parte interviniente”? Sí, ya lo es.
Cuando hablamos de cesión de crédito y riesgo de impago, la notificación electrónica de Logalty ayuda a garantizar la operativa y a reducir los riesgos y los costes asociados al factoring con lo que sí puede ser la cuarta parte interviniente en las operaciones de factoring.
La solución de firma electrónica de Logalty garantiza la autenticidad de los documentos, su no repudio y la integridad de los contenidos, lo que representa que el documento fue emitido por quién lo emitió y que la información no ha sido modificada después de su firma.
Muchas Partes factoring incluyen ya dentro de sus procesos la seguridad jurídica online con la Parte Logalty en sus operaciones de factoring.
Fuente: EmpresaActual