La solicitud previa se puede hacer por Internet en cualquier momento del día, en la 'app' de la AEAT o llamando a los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71

Este viernes termina el plazo para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas para la Renta

este-viernes-termina-plazo-solicitar-cita-previa-atencion-telefonica-oficinas-renta

©EuropaPress

Actualizado 28 | 06 | 2019 10:58

Los contribuyentes pueden solicitar hasta este viernes, 28 de junio, cita previa para atención telefónica o en oficinas para confeccionar sus declaraciones de la Campaña de la Renta y Patrimonio 2018, que concluye el próximo lunes.

La solicitud previa para realizar la declaración de la Renta se puede hacer por Internet en cualquier momento del día, en la ‘app’ de la AEAT o llamando a los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71 de lunes a viernes, en horario de 9 a 19 horas.

Los contribuyentes pueden presentar la declaración con resultado a devolver a ingresar (domiciliando el pago) en las oficinas de la AEAT, comunidades autónomas y entes locales, mientras que pueden hacer lo propio en los casos que resulte a ingresar (sin domiciliar) en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras.

Entre la documentación que se debe llevar para ser atendido presencialmente se encuentra el DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración, y la autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar la declaración en su nombre.

También el número IBAN de cuenta bancaria, la referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI) y, si se vive en un inmueble alquilad, el NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler. Según el tipo de renta que se haya percibido hay que presentar distinta documentación.

No obstante, también se puede presentar la declaración de la Renta a través de Internet, con el programa Renta Web, con la aplicación móvil o de manera telefónica con el plan ‘Le Llamamos’, por el que la AEAT llama a los contribuyentes y les confecciona y presenta la declaración por teléfono.

De esta forma, este viernes es último día en el que los contribuyentes pueden solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas, ya que la fecha límite para presentar las declaraciones de la Renta y Patrimonio 2018 con resultado a ingresar con domiciliación bancaria concluyó ya el pasado miércoles, 26 de junio.

FRACCIONAMIENTO Y DOMICILIACIÓN BANCARIA

En el momento de presentación de las declaraciones a ingresar, se puede optar por el fraccionamiento de su importe, de forma que se puede abonar el 60% en el momento de presentar la declaración y el 40% restante, hasta el próximo 5 de noviembre, inclusive, si bien en ningún caso pueden fraccionarse autoliquidaciones complementarias.

Asimismo, los contribuyentes pueden optar por utilizar como medio de pago la domiciliación bancaria: domiciliación de ambos plazos, domiciliar el pago del primer plazo y no domiciliar el correspondiente al segundo plazo o bien domiciliar únicamente el pago correspondiente al segundo plazo.

En relación con las opciones de pago de la declaración previamente presentada, se permiten determinadas modificaciones. Entre ellas, anular las dos domiciliaciones e ingresar en un único plazo y anular la domiciliación del segundo pago de la declaración, y hasta este miércoles, 26 de junio, existe la posibilidad de fraccionar el pago (60%/40%), siempre que la deuda declarada esté domiciliada.

A su vez, hasta el próximo 22 de septiembre se podrá domiciliar el segundo plazo del fraccionamiento (40%); esta opción será posible siempre que el primer pago esté domiciliado. Estas dos últimas modificaciones pueden efectuarse a través de la opción ‘Consulte y/o modifique su cuenta de domiciliación’ que se encuentra dentro de Renta 2018 en el apartado ‘Más trámites’.

No obstante, para las declaraciones con resultado a ingresar en las que no se opte por la domiciliación bancaria como medio de pago del importe resultante o, en su caso, del correspondiente al primer plazo, el contribuyente podrá obtener un documento con el que, una vez impreso, podrá efectuar directa y personalmente el ingreso del importe resultante de su declaración en las oficinas de las entidades colaboradoras.

DEVOLUCIÓN

Hasta el pasado 11 de junio, la AEAT había devuelto ya 5.296 millones de euros (+7,2%) a 8,1 millones de contribuyentes (+6,6%). El importe de las declaraciones a devolver alcanzó hasta entonces los 7.848 millones (+12,5%), mientras que el de las declaraciones a ingresar fue de 3.885 millones (+20,1%).

La AEAT prevé que en la Campaña de la Renta 2018, que se extiende desde el pasado 2 de abril y hasta el próximo 1 de julio, se presenten 20,35 millones de declaraciones, 361.000 más que el año anterior.

De ellas, 14,31 millones darán derecho a devolución por 10.468 millones, un 4,5% más de importe, mientras que cerca de 5,16 millones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 10.160 millones.


Cargando noticia...