La evolución de las normas no es más que una consecuencia necesaria ante el progreso de nuestra sociedad

La importancia de un entorno laboral regulado

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Actualizado 08 | 01 | 2020 07:00

Regulación entorno laboral

Como en el resto de áreas de nuestras empresas, en los últimos años se está produciendo una actualización y ampliación de la regulación legal del entorno laboral en el que coinciden y se interrelacionan empleados, colaboradores externos, subcontratas, etc…

Sin duda, y desde nuestro personal criterio, esa evolución de las normas no es más que una consecuencia necesaria ante el progreso de nuestra sociedad.

Hoy queremos trasladar una reflexión positiva sobre las claras ventajas que dicho control regulatorio produce, tanto en la percepción por el trabajador como en la imagen que ofrecemos a nuestros clientes y colaboradores al contar con un entorno laboral controlado. Nuestro punto de partida ha de ser no el posicionamiento negativo frente a una nueva norma sino el de tomar conciencia de que hace años que el empresario tiene la obligación de proporcionar a sus trabajadores ese entorno de trabajo controlado. Nos referimos a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores (1995), Ley de Prevención de Riesgos Laborales (1995), Ley contra Violencia de Género (2004), Ley de Igualdad (2007), Ley Protección LGTBI (CAM 2016) y las ¿últimas?,el RD 8/2019 de Control horario y el RDL 6/2019 de Igualdad de Trato y Oportunidades entre hombres y mujeres, etc…. Y todo ello sin olvidar la Directiva UE de 23 de octubre pasado, denominada Whistleblowing, sobre protección de las personas que informen de infracciones (Canal de denuncias interno en empresas de más de 50 trabajadores), que tendrá su trasposición al Derecho Español en breve.

Como podemos apreciar, ha sido evidente la evolución de las normas hacia ámbitos tan concretos como la Igualdad y la lucha contra el acoso y la discriminación. En el primer caso, además de fijarse el concepto de equilibrio conceptual y retributivo entre hombres y mujeres, se ha actualizado a la protección de minorías transgénero y al colectivo lgtbi. En el caso de la prevención del acoso en el entorno laboral, ya no se ciñe a la agresión con fines laborales sino que se ha ampliado al sexual y al discriminatorio, con especial énfasis en la protección también de la discapacidad.

Toda esa regulación a la que nos referimos, no es nueva, sino que lleva entre nosotros varios años, lo que debe llevarnos a la verificación urgente del grado de Cumplimiento Normativo en nuestras empresas. Seamos conscientes entonces, no sólo de las elevadas sanciones que podemos sufrir por carecer de dichos medios preventivos, sino también de la responsabilidad incluso personal que adquiere el empresario por dicha carencia, sin perder de vista el daño reputacional que nuestra empresa sufrirá frente a empleados, clientes y proveedores.

Pretendiendo ser esquemático y práctico en esta reflexión, debemos partir del análisis del número de empleados con los que cuenta nuestra empresa, pues si es superior a 150 trabajadores, ya estamos dentro del primer límite para implantar el Plan de Igualdad antes de marzo de 2020 y, antes del final de 2021, el Canal de Denuncias. Mucho más sencillo será entender que, sin contar con ningún límite mínimo, debemos implantar un Plan de Prevención del Acoso Sexual en nuestro ámbito laboral.

Nuestro criterio profesional es que no nos limitemos estrictamente a esos límites que las normas regulan sino que,con base en la “Cultura del Cumplimiento Normativo”, nos anticipemos e incorporemos de inmediato esas medidas de prevención y control a nuestro entorno laboral, pues nos aportan, primero un claro control de nuestras responsabilidades económicas y penales como empresarios, y también una excelente percepción por terceros, empleados, proveedores y clientes, que asociarán a nuestra empresa con el respeto a las normas.

Desde el Departamento de Cumplimiento Normativo de Afianza Asesores ofrecemos un servicio profesionalizado de auditoría previa, adaptación y acompañamiento posterior al empresario hasta asegurar el objetivo de una completa regulación de su entorno laboral, con formación a la plantilla y a quienes ejercen labores de Dirección.

Comencemos con el mejor de los propósitos este año 2020, primero de la siguiente década, potenciando y profesionalizando nuestra área de Recursos Humanos, poniendo especial énfasis en la implantación en nuestras empresas de toda esa regulación del entorno laboral, estableciendo la cultura del Cumplimiento Normativo como principio rector de la Dirección y manteniendo identificados y controlados los riesgos para el empresario y la sociedad.


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