Empresas de comercio electrónico planean marcharse de España, fundamentalmente fuera de la UE, en busca de una fiscalidad más flexible para su negocio, según la empresa de asesoramiento y gestión empresarial Ad&Law.
La entidad explica que la actual fiscalidad asociada al Régimen de Ventas a Distancia del Estado y de la UE resulta compleja y costosa para estas empresas.
De acuerdo con esta regulación, las ventas a cualquier país de la UE se localizan en destino a partir de un umbral determinado. Así, no tributan por el IVA español, sino por el del país de destino, cuando el importe de las ventas efectuadas desde España a particulares supera la cantidad fijada por cada Estado.
Esto significa que, por ejemplo, si una empresa de comercio electrónico realiza ventas a particulares del Reino Unido que superen las 70.000 libras (89.500 euros), deberá aplicar el IVA de este país. En el caso de Alemania y Francia, el límite se sitúa en 100.000 euros, y en el de Italia, en 30.000 euros.
La firma recuerda que este régimen no afecta a las ventas entre empresas, al no tributar por el IVA, por lo que son los pequeños envíos los que perjudican al comercio electrónico.
Así pues, las empresas de fuera de la UE no tienen que cumplir con este régimen especial en su país y tienen en su mayoría regímenes más flexibles, por lo que a muchos negocios españoles les sale más rentable cambiar de domicilio fiscal y social fuera de la UE.
SI NO SE PAGA EL IVA SE PAGA EL DUA
Por otro lado, los comercios electrónicos deben reflejar a través de un documento único aduanero (DUA) la salida efectiva de los productos vendidos fuera de la UE si quieren que dicha operación esté exenta de IVA, ya que Hacienda no acepta como justificante el envío a través de Correos con su correspondiente albarán.
El coste del DUA por cada producto puede alcanzar los 18 euros, lo que lleva a que las empresas dejen de ser competitivas y vean cómo se reduce su margen comercial.
Además, en el caso de que la empresa no haya presentado el DUA, Hacienda exigirá al empresario que abone de su bolsillo el IVA de los productos vendidos a particulares fuera de la UE, al considerar que estas ventas como operaciones interiores.
Ad&Law explica que el DUA no depende de lo que facture la empresa, sino de la cantidad de clientes que tenga de fuera de la UE. Por ejemplo, si una empresa realiza 100 envíos a clientes en Brasil, tendría que dispone de un DUA por cada envío, lo que supondría un coste, de 1.800 euros.
«Las dificultades unidas a la elevada burocracia que se exige en España a las empresas y autónomos, está provocando una huida de empresas de este sector a países con fiscalidades más flexibles donde los medios de prueba para demostrar las exportaciones son más ágiles y económicos», sentencia.