El Registro de Asesores Fiscales REAF-REGAF, órgano especializado en materia fiscal del Consejo General de Economistas, ha presentado hoy el estudio Panorama de la fiscalidad autonómica y Foral 2016, en el que se analiza el estado de la normativa autonómica en impuestos cedidos y en impuestos propios ayudándose de numerosos ejemplos para facilitar las comparaciones.
Según los fiscalistas del citado Registro, el sistema de financiación de las CCAA no consigue una corresponsabilidad efectiva porque carece de la suficiente transparencia y porque buena parte de lo recaudado por estas pasa a engrosar fondos que el Estado luego vuelve a repartir con diferentes criterios.
El informe realizado por el Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas destaca las siguientes novedades para 2016:
- En el IRPF: Siete CCAA aprueban, por ahora, nueva escala, en general para acercarse a los tipos estatales, sobre todo reduciendo el tipo mínimo.
- En el Impuesto sobre el Patrimonio: Dos CCAA –Aragón y Comunidad Valenciana– se unen a Cataluña en el recorte del mínimo exento, al tiempo que suben la tarifa en Baleares y Comunidad Valenciana.
- En Sucesiones y Donaciones: Se producen modificaciones de signo contrario. Mientras que en Aragón se limita mucho la aplicación de la bonificación del 99% a los herederos y donatarios del grupo II, y en Baleares se incrementa tímidamente la tributación a estos, en Canarias se aprueba una bonificación del 99,9% para los familiares cercanos, y en Galicia y Castilla y León se relajan los límites para aplicar la reducción del 99% a los cónyuges, ascendientes y descendientes.
- En Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Lo más llamativo es el incremento de tipos en ambas modalidades que se produce en Aragón.
Los fiscalistas del Consejo General de Economistas extractan las siguientes tendencias normativas:
- IRPF: En 2016, las escalas más elevadas que gravan la renta general las tienen los territorios forales, con tipos que llegan al 49%, en el País Vasco, y al 52%, en Navarra. En las de régimen común, el tipo máximo más elevado es del 48% –en cinco Autonomías–, siendo el menor del 43,5%. En cuanto a los tipos mínimos, en territorio común oscilan entre el 19 y el 21,5%.
- IP: Tres CCAA tienen mínimos exentos inferiores al de la norma estatal, que es de 700.000€, y ocho Comunidades han incrementado las tarifas respecto a la que se regula por defecto.
- ISD: En Sucesiones, aparte de que los descendientes y adoptados menores de 21 años, tienen una tributación muy reducida en muchos territorios, los familiares cercanos (grupo II) que tributan solo de manera simbólica en los territorios forales, en Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, La Rioja y Madrid, y de forma bastante atenuada en Baleares, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana (bonificación del 75%) y Murcia (bonificación del 50%).
- En ITP y AJD: En la modalidad de Transmisiones Patrimoniales, solo en Madrid y Navarra (6%) y en Canarias (6,5%) se aplica un tipo inferior al 7%, que es el que tienen los territorios forales y La Rioja. El resto del territorio nacional aplica tipos superiores al 7%. En la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, País Vasco y Navarra tienen un 0,5%; Canarias y Madrid, el 0,75%; La Rioja, el 1%, y el resto aplica tipos superiores.
- En 2016 las Comunidades han regulado un total de 79 impuestos propiosdando numerosos problemas de litigiosidad y aportando una recaudación de tan solo el 2,4% de los ingresos tributarios de estos entes territoriales.
Del citado estudio se pueden obtener las siguientes conclusiones:
- La corresponsabilidad fiscal de las CCAA no es efectiva.
- La forma de legislar en tributos propios no es la más adecuada, debido a suspensiones y no aplicaciones de algunos de estos impuestos. El problema en tributos cedidos es la tremenda proliferación de normas.
- La litigiosidad en impuestos propios es muy elevada.
- La recaudación obtenida por impuestos propios, en general, es poco transparente por facilitarse solo datos agrupados con otros tributos y por la tardanza en la publicidad de las liquidaciones presupuestarias.
- Lo recomendable sería armonizar en lo posible la regulación de tributos propios y dar capacidad normativa a las Comunidades en aspectos muy concretos de los mismos.
- En mayor o menor medida, en el Impuesto sobre la Renta, las Comunidades tienden a converger con la tarifa estatal.
- Los cambios en los gobiernos autonómicos empiezan a reflejarse en la normativa tributaria: disminuyendo el gravamen en el IRPF de las rentas medias y bajas e incrementando las altas, elevando en algún caso la imposición sobre el Patrimonio, y con cambios contradictorios en Sucesiones y Donaciones.
- Se sigue echando de menos la cuantificación de los beneficios fiscales en cada Comunidad Autónoma.
- Las desigualdades de tributación son muy importantes en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Convendría analizar la conveniencia de un entramado normativo tan complejo. El próximo Gobierno debería crear una Comisión de expertos, de diversas sensibilidades territoriales y políticas, que diseñara una fiscalidad autonómica que pueda servir de base a un nuevo modelo de financiación.