En el que considero el comienzo de mi carrera notarial y desde mi recién estrenado segundo destino, es mi edad la que creo me permite empatizar más fácilmente con la gente joven que frecuentemente viene al despacho por dudas que, o yo misma he tenido en algún momento de mi vida o probablemente tendré.
Es más, se me vienen a la mente las últimas suscitadas por los más jóvenes:
- PODERES. Caso típico del joven que estudia o “emigra” por trabajo fuera de su hogar y le perturba tener que marcharse sin dejar sus asuntos presentes o futuros (desde los bancarios hasta los relacionados, por ejemplo, con herencias y compraventas) encomendados a personas de su plena confianza (que suelen ser los progenitores) y que suelen tener un denominador común: el no poder esperar a que los poderdantes vuelvan a casa por Navidad.
- MATRIMONIO. O esa joven pareja ilusionada por su boda, a la que, sin embargo, le preocupa dejar regulado y acordar cuanto antes el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo.
Y aunque no sea algo tan frecuente como las capitulaciones matrimoniales citadas, cada vez está más extendido que, a la gente joven, le interese la boda ante notario, explicándoles que sí, que desde la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, los notarios podemos también autorizar escrituras de celebración de matrimonio (como también, llegado el caso, de separación y divorcio con determinados requisitos legales), matizando siempre (a fecha abril de 2020, que es cuando redacto este post) que aún no instruimos el expediente previo, indicándoles cómo hacer al respecto.
- DONACIONES DE DINERO. No pocos han sido los casos, y más en el panorama laboral juvenil actual, en que padres e hijos vienen al despacho para que les asesoremos, en la medida de la posible, sobre las consecuencias fiscales que este tipo de donaciones tendría para los segundos, que es fundamentalmente lo que más les preocupa.
- PRIMERA VIVIENDA. Seguramente uno de los mayores quebraderos de cabeza de los jóvenes por las responsabilidades que implica y la financiación que suele conllevar. Y no sólo se nos consultan en este ámbito temas de compraventa de la vivienda habitual, sino también es muy frecuente que, en los pueblos en los que algunos desempeñamos nuestra función, se dude sobre qué documentación es necesaria para declarar notarialmente en construcción una vivienda unifamiliar sobre un terreno que ya poseen, por herencia o por donación normalmente, prestándoles el consiguiente asesoramiento, que también tendrá que ver mucho con el aspecto urbanístico.
Como siempre, y con una ilusión recíproca, intacta, tratamos de disipar, desde el otro lado de la mesa, todas las dudas que cada vez una más rejuvenecida clientela nos plantea a los notarios, aportando la seguridad jurídica que cada caso concreto exige.