La Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX) ha valorado positivamente que el Consejo de Ministros celebrado ayer diese vía libre a la reanudación de los procedimientos de contratación pública, así como a la puesta en marcha de nuevas licitaciones, obligando en todo caso a la tramitación electrónica.
Esta decisión de reanudar la actividad licitadora del sector público figura en la disposición adicional octava del Real Decreto 17/2020, publicado en el BOE de hoy y que entra en vigor mañana, y levanta la suspensión decretada el pasado 14 de marzo.
Javier Peinado, secretario general de la CREEX, ha señalado que la reanudación de las contrataciones puede ser un balón de oxígeno para muchas empresas, “no solo por la liquidez que puede aportar, que es muy importante, sino también por la seguridad que dará a las adjudicatarias en cuanto a ingresos para el próximo periodo”.
Peinado ha explicado que no se entiende muy bien por qué el Gobierno decidió en su día paralizar todos los procedimientos: “teníamos licitaciones que solo estaban pendientes de la apertura de sobres y la reunión de las mesas de contratación, y todo eso podía hacerse sin vulnerar las medidas de protección y seguridad frente a la pandemia. Igualmente, se podrían haber abierto nuevas licitaciones, como se hace ahora, marcando la vía telemática como fórmula para realizar los trámites”.
El secretario general de la CREEX ha recordado que esta organización ha venido reclamando insistentemente lo que ahora se aprueba “porque la paralización no era muy lógica”, y espera que las distintas Administraciones (el decreto de hoy abarca a todo el sector público) “se pongan las pilas” y agilicen tanto las adjudicaciones que están en fase de resolución como las nuevas licitaciones que pueden salir a concurso ya.
El dirigente de la organización más representativa del empresariado extremeño también ha mostrado su satisfacción por la inclusión en el Real Decreto publicado hoy de la disposición final novena, según la cual la Administración podrá conceder anticipos a cuenta de la indemnización para aquellos contratos de servicios y suministros de prestación sucesiva que quedaron suspendidos por el decreto de 14 de marzo, descontando luego el anticipo de la liquidación del contrato.
“No era de recibo que una empresa que ha incurrido en unos costes y que se ve obligada a dejar de prestar un servicio sin tener responsabilidad en la suspensión quedase inerme, a expensas de un procedimiento farragoso y sin saber cuándo podría cobrar la indemnización por los perjuicios causados”, ha manifestado.