Una manera que tienen las empresas de agilizar procesos y de contar con profesionales expertos es la externalización de servicios. Cuando un trabajador autónomo contrata los servicios de otro trabajador autónomo tiene que hacerlo mediante un contrato mercantil. Vamos a ver cómo.
Aspectos básicos sobre el contrato mercantil
- Qué es: El contrato mercantil es un contrato que define la relación comercial entre dos personas físicas o jurídicas, autónomo o empresa, que acceden de mutuo acuerdo a la comercialización de unos servicios por un tiempo determinado a cambio de un precio o comisión.
- Cuáles son sus características: En el contrato mercantil la persona con la que realizas el contrato está dada de alta como autónomo en Hacienda y Seguridad Social, desarrolla su labor profesional de forma independiente con sus propios medios y recursos pero está obligado a rendir cuentas al autónomo o a la empresa empleadora sobre la evolución del proyecto.
- Impuestos: Como trabajador autónomo ha de gestionar los impuestos derivados de la actividad económica.
- Qué información recoge: Además de la información sobre la partes que lo firman ha de contener la información sobre el fin comercial, la duración, la retribución, las obligaciones de contratado y contratante, así como las cláusulas que se quieran añadir.
- Qué ventajas conlleva: Tiene ventajas para ambas partes. Para el autónomo contratado ofrece flexibilidad de horarios, independencia y posibilidad de aumentar la cartera de clientes. Para la empresa contratante la rentabilidad es su principal atractivo ya que puede contar con conocimiento experto y cubrir las tareas a las que no llega ahorrando costes en seguros sociales.
El falso autónomo: contrato laboral en teoría, contrato mercantil en la práctica
Algunas empresas hacen pasar por un contrato mercantil por un contrato laboral utilizando la fórmula del contrato mercantil. Esto es un falso autónomo en toda regla, es ilegal y está castigado por la ley.
En la siguiente tabla te explicamos las principales diferencias:
CONTRATO MERCANTIL | CONTRATO LABORAL | |
RÉGIMEN DEL TRABAJADOR | RETA | RÉGIMEN GENERAL |
FORMA DE RETRIBUCIÓN | FACTURA | NÓMINA |
TIPO DE RELACIÓN | DE INDEPENDENCIA | DE DEPENDENCIA |
OBLIGACIONES FISCALES Y CON SEGURIDAD SOCIAL | IMPUESTOS Y SEGUROS SOCIALES A CARGO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO | SEGUROS SOCIALES A CUENTA DEL EMPLEADOR Y RENTA A CARGO DEL TRABAJADOR |
DERECHOS DEL TRABAJADOR | LOS ACORDADOS POR LOS FIRMANTES | A OCUPACIÓN, A PROMOCIÓN Y FORMACIÓN, A REMUNERACIÓN Y A LA INTEGRIDAD |
NORMATIVA LEGAL | CÓDIGO CIVIL Y CÓDIGO DE COMERCIO | ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES |
Contratar un falso autónomo sale caro
Como ya hemos dicho en otro artículo, contratar un falso autónomo es ilegal y Trabajo castiga a las empresas que incurren en este delito. Las sancionesvan según el grado de infracción y varían entre 3.000 y 10.000 euros.