La exención se realizaría en el pago del IRPF sobre los beneficios de sus acciones o participaciones

El Congreso debate la propuesta de no gravar beneficios en ‘startups’ si mantienen la inversión

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Actualizado 08 | 03 | 2017 11:03

La Comisión de Economía, Industria y Competitividad del Congreso debatirá la propuesta de eximir a los accionistas de ‘startups’ que funcionen en Internet de la tributación de sus beneficios siempre que mantengan sus inversiones.

La exención se realizaría en el pago del IRPF sobre los beneficios de sus acciones o participaciones, siempre y cuando mantengan la inversión durante al menos dos años o reinviertan dichos beneficios en otra ‘startup’, en el plazo máximo de un año desde la obtención de estas acciones.

Esta es una de las medidas que contempla la proposición no de ley que Ciudadanos llevará a la comisión, iniciativa que tiene como objeto «proyectar el carácter de España como país ‘startup-friendly'».

Para ello, proponen bajar e incluso eliminar ciertos impuestos sobre las rentas del capital, facilitar la financiación pública de a estos negocios y la supresión de procedimientos necesarios para constituir la empresa. Otra rebaja fiscal propuesta es deducir el 50% del IRPF para la compra de acciones hasta los 150.000 euros.

IMPULSO A LOS ‘CROWDFUNDINGS’

Asimismo, Ciudadanos lleva en la iniciativa la reforma de la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial para impulsar la captación de fondos a través de ‘crowdfundings’, eliminando el límite de dinero recaudado en ellos y liberar a las plataformas que canalizan estas operaciones de acreditar la situación financiera y patrimonial de los inversores.

También piden la creación de fondos de inversión públicos centrados en financiar «sectores altamente innovadores» y que las ‘startups’ puedan acceder a las ayudas dirigidas a la innovación tecnológicas que, según denuncia la formación naranja, «están vinculadas a proyectos de I+D+i oficiales», como las patentes, licencias, grupos de trabajo de una universidad o créditos del CDTI.

FACILIDADES PARA CONSTITUIR UNA ‘STARTUP’

En cuanto a la creación de estas compañías, Ciudadanos insta a seguir el ejemplo de Reino Unido o Irlanda en cuanto a los plazos de constitución –no exceden las 24-72 horas–, los costes –menos de cien euros sin necesidad de notaría, dicen– y umbrales de ingresos bajo los cuales no están obligadas a interactuar con la administración pública. En este último caso, el límite en Reino Unido es de 100.000 libras por año; 60.000 euros al año en el caso de Irlanda.

Por último, también instan a regular la remuneración a empleados con acciones (‘stock options’) pues, a su juicio, es el «mecanismo retributivo que las ‘startups’ de Internet necesitan para retener en España talento nacional y atraer al extranjero».


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