La proposición de ley modifica el artículo 315.3 y revisa las sentencias ya dictadas para dejarlas sin efecto.
El Pleno del Congreso debate mañana la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, que castiga con penas de cárcel de hasta tres años a aquellas personas que coaccionen a otras a iniciar o continuar una huelga, y para revisar las sentencias ya dictadas con esta condena para dejarlas sin efecto.
Además de la supresión del artículo, se plantea la anulación de sus efectos tanto en los casos pendiente de juicio como los ya juzgados, resarciendo a las personas condenadas a través de indemnizaciones o devolución del dinero cobrado en multas.
El artículo 315.3 del Código Penal establece penas de prisión de entre un año y nueve meses hasta tres años y multas de 18 y 24 meses para aquellas personas que «actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga».