La Unión Europea y el Reino Unido cerraron el pasado 24 de diciembre el Acuerdo de Comercio y Cooperación, un contrato que entrará en vigor a partir del 1 de enero. En su pilar comercial, este acuerdo establece las bases de las relaciones bilaterales en ámbitos como el comercio de bienes y servicios, la inversión, la competencia, las ayudas estatales, la transparencia fiscal, el transporte aéreo y por carretera, la energía y la sostenibilidad, la pesca, la protección de datos y la coordinación de la seguridad social.
Este acuerdo se cerró a sólo siete días de terminar el período transitorio y ha surgido como resultado de unas intensas negociaciones. Si bien está muy lejos de los objetivos esperados, confiere seguridad jurídica a las relaciones comerciales y mitiga los efectos más negativos resultantes de la finalización del periodo transitorio el próximo 31 de diciembre.
Considerando la inminente entrada en vigor provisional del acuerdo a partir del próximo 1 de enero, desde CEOE pedimos que se mitiguen los efectos más disruptivos que implica la finalización del periodo transitorio y que se ponga, cuanto antes, en funcionamiento el marco institucional previsto en el acuerdo para asegurar su correcta aplicación.
El acuerdo debe convertirse en el fundamento de unas relaciones sólidas y fructíferas que asegure un campo de juego nivelado y que propicie una cooperación más estrecha en ámbitos de suma importancia para la competitividad de nuestras empresas.