Teresa Martín Castro | Socia Mavens Abogados

Cinco claves para vender tu empresa

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Actualizado 18 | 04 | 2017 11:57

Venta de empresas

Ha llegado el momento de poner la empresa en forma para lucir con su máximo esplendor.

Javier, Paloma, Stéphan y Li, como tantos empresarios españoles e internacionales, quieren vender su negocio en el momento adecuado y en las mejores condiciones. Todos los días nuestros protagonistas venden multitud de bienes y prestan variedades de servicios. Ahora bien, vender su empresa lo hacen una vez en la vida. Javier, Paloma, Stéphan y Li, aunque triunfan como extraordinarios gestores de su negocio, nos reconocen que no son especialistas precisamente en vender su propia empresa.

Primera: “de primera comunión”

Ellos llevan su empresa -con gran éxito económico- conforme a sus criterios de gestión, pero empiezan por reconocer que no siempre ajustándose a los estándares de cumplimiento normativo que su comprador exige para pagar el precio más alto. Las prácticas del sector, la flexibilidad del día a día y los descuidos han ido acumulándose. Ha llegado el momento de poner la empresa en forma para lucir con su máximo esplendor.

En primer lugar, el inversor hará una revisión de su negocio (duediligence de compra), que deberá estar cubierta correctamente por un acuerdo de confidencialidad. La duediligence cubre cuestiones contables y de negocio para entender los flujos de caja que la empresa genera, lo que en muchos casos servirá de criterio para establecer el precio de compra. Además, el inversor se interesará por la correcta llevanza fiscal y legal del negocio, incluyendo la correcta liquidación de los tributos, mantenimiento de licencias y permisos, cumplimiento de obligaciones contractuales y laborales, etc.

Cada vez más los compradores o inversores preguntan sobre el programa de prevención del riesgo penal, que es obligatorio para todas las empresas (grandes, medianas y pequeñas) por mandato del Código Penal. ¿Cuál es el mapa de riesgos de este concreto negocio? ¿Qué estipula el código ético? ¿Se ha formado a los trabajadores en la detección y trato de delitos? ¿Se han implantado medidas de prevención y respuesta temprana?

Segunda: “zapatero, a tus zapatos”

Por el momento, nuestros empresarios no saben lo que su comprador va a pedirles ni lo que va a ofrecerles, y tienen que estar preparados. Si nuestros clientes cuentan con apoyo externo de un buen abogado, pueden seguir concentrándose en llevar su negocio en el día a día por dos razones: porque es lo que mejor saben hacer y porque así la sociedad sigue aumentando de valor.  Si la operación de compraventa se cancela, siempre pueden seguir llevando su negocio a la espera de una mejor oportunidad.

Tercera: “mucha gente en esta fiesta”

Una empresa es un ser vivo, que cambia cada día o incluso cada hora, que tiene muchas facetas (legales, financieras) y un conjunto de socios con intereses coincidentes … o quizá discrepantes. La empresa mantiene relaciones con Hacienda, con la Seguridad Social, con los trabajadores, clientes y proveedores. De cómo se organice la transición al nuevo propietario dependerá que estas relaciones sigan resultando fructíferas tras la venta.

Cuarta: “ojo a la letra pequeña”

Pasada satisfactoriamente la fase de auditoría o duediligence, comienza la negociación del contrato de compraventa. Hay múltiples beneficios en no vender o comprar una empresa por intuición. Igual que nuestros clientes se aseguran de atar bien los contratos que recogen las ventas de bienes y las prestaciones de servicios con su propia clientela, más les vale negociar con cuidado las condiciones en las que hacen la operación más grande de sus vidas: la venta de su propia empresa. Las cláusulas de una compraventa no siempre significan lo que parece que dicen.

Quinta: “David y Goliat”

Asesorarse debidamente resulta crucial con compradores institucionales, tales como fondos de capital riesgo (privateequity) u oficinas familiares (familyoffices), quienes suelen exigir al fundador que permanezca como socio y que continúe gestionando el negocio. En estos casos se negocia un pacto de socios o acuerdo entre accionistas. Para el socio gestor deberá recoger un conjunto de protecciones tanto económicas como legales, sin olvidar un pacto de salida o desinversión. El gestor deberá acordar cómo impactan su jubilación, su incapacidad y su marcha de la empresa en diversos escenarios. En todas estas cuestiones, Javier, Paloma, Stéphan y Li requieren asesoramiento especializado, por las muchas implicaciones personales, fiscales y patrimoniales a las que han de hacer frente.

Para emprender con éxito la operación más importante de sus vidas, nuestros clientes necesitan un equipo de abogados con conocimientos fiscales, mercantiles, laborales, penales e incluso de derecho de la competencia, que esté al nivel de los abogados que trae su comprador. En un mundo globalizado, altamente competitivo, nada debe dejarse a la suerte.

 


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