La Agencia Tributaria ya ha aprobado los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2017. En este enlace tienes toda la información.
Veamos si los autónomos tenemos todo preparado.
Por un lado necesitamos el certificado de retenciones que nos tienen que enviar los clientes a los que hemos facturado. Cabe recordar que en las facturas hay un porcentaje que ni cobramos ni administramos.
Los autónomos tenemos que cuadrar la cantidad que hemos facturado con lo que se ha declarado como IRPF, y esta cantidad debe ser la msma que le consta a Hacienda.
El autónomo puede hacer la comprobación descargando los datos fiscales.
En el caso de que la empresa a la que hemos facturado haya desaparecido o, simplemente que la relación con ella no es buena y se niega a enviartelo, puede solicitar esta información a Hacienda.
Otro aspecto muy importante para el autónomo son los gastos deducibles. Hay que estar atento para no dejarse ninguno olvidado. Cabe en este punto recordar que los gastos deducibles siempre tienen que estar relacionados con la actividad económica, documentados con factura o justificante y anotados en el libro de contabilidad.
Es importante tener en cuenta que los datos de dietas y suminitros del hogar no serán deducibles en la Renta 2017; sí en lo serán en la Renta 2018.
Otra cuestión importante a tener en cuenta son las deducciones autónomicas que no se aplican automáticamente, de las que en muchas ocasiones se olvidan los autónomos, así como los gastos de dificil justificación.
Recuerda que en el caso de los autónomos sí que entran los seguros médicos y de vida suyo y de la familia con un límite de 500 € máximos deducibles al año, ampliables a 1.500 si algún miemrbo de la familia tiene una minusvalia.
Si tienes dudas, no obstante, es conveniente que consultes a un experto.