Así lo ha autorizado la Comisión Europea

CESCE incluye los riesgos a corto plazo en las coberturas por cuenta del Estado

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©CESCE

Actualizado 04 | 11 | 2020 09:34

Riesgos exportaciones

Las empresas que no encuentran cobertura en el mercado privado para los riesgos derivados de sus exportaciones ya pueden solicitar a CESCE la cobertura de sus riesgos a corto plazo por cuenta del Estado.

Así lo ha autorizado la Comisión Europea, que ha extendido hasta el próximo 30 de junio de 2021 el período en el que los aseguradores estatales de la UE podrán aplicar estas coberturas.

La autorización se refiere a los riesgos considerados negociables, es decir, los riesgos comerciales y políticos con un período de riesgo de hasta dos años, con respecto a compradores públicos y no públicos, en los países de la Unión Europea, además de Reino Unido, Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y Estados Unidos.

Estas coberturas estaban prohibidas desde el 1 de enero de 2013pero, con motivo de la crisis derivada de la pandemia de COVID19, la Comisión adoptó una serie de medidas de ayuda estatal, dentro del Marco Temporal y como respaldo a la economía en el contexto actual. Entre esas medidas estaba la anulación temporal de dicha prohibición a partir del 27 de marzo de 2020 y hasta finales de este año, y la última revisión del Marco Temporal ha ampliado su período de vigencia hasta el 30 de junio de 2021.

La autorización para que CESCE cubra los riesgos a corto plazo por cuenta del Estado en mercados desarrollados permite mitigar y suplir una de las consecuencias económicas que está provocando la pandemia: el retraimiento del sector privado. De este modo, CESCE evita recortar las coberturas de riesgos, ayuda a sostener la actividad de las empresas y reduce el impacto económico de la crisis.

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