Como se suele decir: a veces lo barato sale caro. Y esto es lo que, probablemente, le ocurrirá a aquellos que han hecho uso de Cooperativas de Trabajo Asociado para facturar sin darse de alta como autónomo.
El Ministerio de Empleo lo está investigando y ha retirado a Factoo, una de las más conocidas, la calificación de cooperativa y la Tesorería General de la Seguridad Social ha comenzado a enviar actas a sus socios exigiéndoles que abonen las cuotas que deberían haber pagado como autónomos y los correspondientes intereses de demora.
Esto es solo el principio de una campaña que promete mandar al garete a todas estas cooperativas que actúan, según el Ministerio de Empleo, de forma “fraudulenta” queriendo hacer pasar por socios trabajadores a profesionales por cuenta propia dedicados a cualquier actividad para terceros.
¿Cómo funcionan estas cooperativas?
El trabajador se registra como socio en la cooperativa y paga una cuota fija (puede ser anual, mensual…). A partir de ese momento, cada vez que realice una actividad para un cliente se le registrará como empleado de la cooperativa siendo esta la que envíe la factura final. Al profesional se le abonará el dinero tras descontar la cotización social, el IRPF, el IVA y un porcentaje por la gestión (entre un 5% o 6%).
¿Qué opina el Ministerio de Empleo sobre ellas?
Consideran que esta actividad es un fraude y que los “socios trabajadores” son profesionales por cuenta propia y que, por tanto, deberían emitir sus propias facturas y cumplir con las obligaciones fiscales y con el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Sostienen que, dándose de alta en este tipo de plataformas, lo que están haciendo es esquivar sus obligaciones con Hacienda.
¿Qué determinación ha tomado el gobierno?
Se ha tomado la decisión de disolverlas como cooperativas y pedir, además, cuentas a los socios trabajadores. Empleo entiende que estos últimos deberían haber cotizado como autónomos y ha comenzado a remitir actas de liquidación para que abonen las cuotas atrasadas y los intereses de demora.
¿Qué han hecho las cooperativas?
Factoo ha comunicado que la resolución de Empleo no implica una disolución inmediata y que tienen todas las vías legales abiertas para recurrir la decisión del Ministerio. De momento seguirán actuando con normalidad y dando servicio a sus más de 16.000 socios. Otras, por su parte, han tomado la decisión de cerrar su web y solo algunas han admitido la existencia de una campaña de Empleo que podría provocar cambios inmediatos en su actividad.
¿Tendrán que pagar los socios las cuotas atrasadas?
Todo apunta a que sí. De momento, han creado una plataforma de afectados para compartir sus experiencias y barajar la posibilidad de recurrir la sanción conjuntamente.
¿Existen alternativas legales para facturar sin ser autónomo?
Sí, pero hay ciertos límites. Hay que darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y no facturar anualmente más de 9906, 40 € que es el salario mínimo interprofesional (SMI) de 2017 (varía cada año y es lo que se toma como referencia). Es importante que este no sea el medio principal de vida del trabajador y que sólo lo utilice puntualmente.
A la hora de realizar trabajos por cuenta propia es importante garantizar la facturación y cumplir con la legalidad. De lo contrario, podremos acabar teniendo problemas con Hacienda o la Seguridad Social y pagando más de lo que cobramos en un primer momento.