Carmen Planas exige que “los ayuntamientos deben cumplir sus obligaciones pactadas en la Mesa de Diálogo Social y en el Plan de Reactivación”

CAEB denuncia “la insensibilidad de muchos Ayuntamientos, como el de Palma, frente a la crisis que sufren las empresas, los trabajadores y todos los ciudadanos”

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Actualizado 08 | 02 | 2021 15:54

La presidenta de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Balears (CAEB), Carmen Planas ha salido en defensa “de las empresas, de los trabajadores y de todos los ciudadanos”, al denunciar “la insensibilidad de muchos Ayuntamientos, como el de Palma frente a la crisis desatada por la pandemia” al oponerse a considerar la exención de tasas e impuestos municipales y ha exigido que “los ayuntamientos debe cumplir sus obligaciones pactadas en la Mesa de Diálogo Social y en el Plan de Reactivación”.

Planas, mostrando el malestar del sector privado con los ayuntamientos, ha señalado que “sorprende municipios, como Palma, no actúen como muchos otros ayuntamientos como Ibiza, Calvià, Pollença o Artá, ni tampoco como hacen Madrid, Sevilla, Las Palmas de Gran Canarias, Huelva o Zamora, entre otros”.

CAEB no entiende que el Ayuntamiento de Palma haya decidido que no puede dejar exento o suspendido el pago de la tasa de recogida de residuos para los negocios cerrados, ni aplicar reducción alguna, tal como se informó desde la empresa municipal Emaya, escudándose en que la Ley Reguladora de Hacienda Local no contempla estas medidas, mientras que, en contraposición a Palma, otros ayuntamientos como el de Ibiza, Calvià y Pollença, si lo pueden hacer.

Planas ha recalcado que “también, muchos otros Ayuntamientos del territorio nacional ya han aprobado la exención, bonificación total, o reducción de la tasa de residuos durante el periodo del estado de alarma como, por ejemplo, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla, Huelva o Zamora, entre otros”.

La presidenta de CAEB añade que “todos los ayuntamientos, incluido también el de Palma, pueden articular las bonificaciones que sí están expresamente previstas en la Ley de Haciendas Locales y cuya implementación depende exclusivamente de la decisión y voluntad del Ayuntamiento”.

Ibiza aprobó la devolución íntegra de la tasa pagada para los negocios cerrados, aplicando también una reducción automática en 2020 de la tasa pagada en 2019 en porcentajes que varían dependiendo del sector de actividad de cada contribuyente y que, en el caso de los hoteles, es del 33%.

El Ayuntamiento de Calvià aprobó una reducción de la tasa de residuos (tasa de servicio de tratamiento y eliminación de R.S.U.) de hasta un 50% de las tasas para el sector productivo afectado, facilitando además su tramitación mediante un trámite telemático en su página web donde se puede completar la solicitud.

El Ayuntamiento de Pollença aprobó la modificación de las ordenanzas fiscales para suspender el cobro municipal de la tasa sobre la ocupación de terrenos de uso público local (con mesas, sillas, etc.) así como la tasa de recogida domiciliaria y tratamiento de residuos.

“De esta manera, las empresas y negocios más perjudicados por la actual crisis como el pequeño comercio, restaurante, bares, cafeterías y hoteles no tendrán que hacer frente a estos impuestos locales durante los próximos seis meses, esto es hasta el 30 de junio de 2021”, destaca CAEB.

Bonificaciones en tasas e impuestos previstas por la Ley de Haciendas Locales

CAEB expone también que incluso, sin estar directamente relacionadas con el COVID-19, los ayuntamientos pueden incluir una bonificación del 20% de la cuota tributaria prevista para entidades que promuevan la gestión de buenas prácticas medioambientales. Municipios como Artá o Calvià aplican bonificaciones a los contribuyentes que se adhieran a programas de reciclaje o buenas prácticas.

En el mismo sentido, podrían aprobarse bonificaciones por la domiciliación del pago de la tasa, prevista en la Ley de Haciendas Locales, en un importe de hasta el 5% de la tasa, como hace Madrid, que bonifica el 5% de la cuota tanto del IBI (impuesto sobre Bienes Inmuebles) como de la tasa de basuras tal como aprobó el ayuntamiento madrileño en el artículo 43de la Ordenanza de Gestión Tributaria o el de Sevilla, que bonifica el 5% de los recibos de los impuestos municipales que se domicilien, teniendo la bonificación carácter indefinido como se contempla en el Artículo 44.1.e de la Ordenanza de Gestión Tributaria.

La ATIB avala la devolución de los importes impuestos durante el estado de alarma

CAEB destaca además que la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) en su nota informativa sobre posibles medidas a adoptar en relación con los tributos locales de fecha 17 de abril de 2020 expone las medidas que podrían adoptar los ayuntamientos para compensar o disminuir el importe exigible en concepto de las tasas en los casos en que no se produzca el hecho o acto que determina el establecimiento de la tasa. La ATIB señala que los ayuntamientos pueden hacer uso de lo dispuesto en el artículo 26.3 del TRLRHL (texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) que prevé que cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el derecho a la utilización o aprovechamiento del dominio público no se preste o desarrolla, procederá la devolución del importe correspondiente.

“Este marco legal da cobertura a la devolución los importes impuestos en el periodo de tiempo de vigencia del estado de alarma, que, se inició el 14 de marzo de 2020”, en virtud de Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y las posteriores medidas que han imposibilitado o limitado el normal desarrollo de la actividad económica.

Gestión privada para aminorar costes y no facturar cuando no se presta el servicio

Por último, CAEB recuerda que si la administración pública no puede adaptarse, quizás debería plantearse dejar la gestión de los residuos en manos de gestores privados tal y como se prevé en el artículo 17.3 de la Ley 22/2011 de Residuos, que dispone que aquellos productores de residuos comerciales no peligrosos que no quieran hacer uso del servicio municipal de recogida de basuras, puedan optar por contratar a un gestor privado autorizado que le pueda prestar un servicio más personalizado y acorde a sus concretas necesidades, y desde luego, que no le facture durante periodos en los que no ha realizado actividad alguna, y por tanto, no ha generado residuos.

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