De cara al próximo año, que está a punto de llegar, la Agencia Tributaria ha presentado el Plan Estratégico con el que irá implementando diferentes medidas para facilitar las relaciones entre la Administración y los autónomos y empresas hasta el 2022.
Una de las medidas es el nuevo borrador de IVA. Se trata de un proyecto piloto a través del cual ofrecer a los usuarios un borrador del modelo 303, con el que cada trimestre se hace la autoliquidación del IVA. Este se podrá revisar y modificar en caso de ser necesario y presentar de forma telemática e instantánea.
Receptores del nuevo borrador del IVA 2020
A partir del próximo febrero se enviarán los primeros borradores del IVA a un grupo de beneficiarios. Solo los autónomos y pymes que estén suscritos al Suministro Inmediato de Información o SII con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros podrán acceder a este nuevo sistema.
Los autónomos que no reciban el borrador del IVA en esta primera fase serán los que estén acogidos al régimen de caja incluidos en un grupo de entidades o que estén dentro del Registro de Devoluciones Mensuales o REDEME.
Tampoco recibirán el borrador en la primera tanda los que no apliquen la regla de prorrata en el IVA y los que estén dentro sectores diferenciales.
Doble finalidad del nuevo borrador del IVA 2020
Por un lado, el borrador permitirá reducir los tiempos de devolución del IVA. Tanto autónomos como pymes podrán recuperar más rápido el exceso de IVA acumulado a la largo del trimestre.
Por el otro, Hacienda verá aumentadas las presentaciones en el periodo voluntario de pago al mismo tiempo que mantiene un mayor control de los contribuyentes. Esto hace que el borrador también sea un arma contra el fraude y la economía sumergida.
Otras medidas que entran en vigor en el 2020
El próximo otoño, en Valencia se instalarán las primeras Administraciones de Asistencia Digital Integral o ADI. Serán unos nuevos espacios en los que los contribuyentes podrán resolver dudas e incidencias a través de medios electrónicos y telefónicos.
Sin fecha, pero también están previsto el envío a las empresas de los datos para la elaborar el Impuesto sobre Sociedades, y el abono de deudas por transferencia inmediata a través del teléfono móvil o con tarjeta bancaria.