Se ha validado la concesión extraordinaria y automática a nuestros clientes que tengan suscrita una póliza de seguro de crédito con Solunio

Ampliación plazos de Crédito – SOLUNION

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Actualizado 08 | 04 | 2020 11:18

Les informamos que, tras los recientes acontecimientos producidos en torno al Covid-19 y una vez efectuado un análisis interno, se ha validado la concesión extraordinaria y automática a nuestros clientes que tengan suscrita una póliza de seguro de crédito con Solunion, de un plazo de 30 días adicionales al establecido en su Póliza para la Declaración de Impago / Notificación de Insolvencia / presentación de siniestro.

La anterior medida resultará de aplicación única y exclusivamente a aquellos derechos de crédito que, cumpliendo el resto de términos y condiciones de su Póliza, tengan sus vencimientos originales o iniciales durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2020, y se correspondan a entregas de bienes o prestaciones de servicios efectuadas a clientes clasificados.

Recuerden que esta medida excepcional no modifica el resto de términos y Condiciones Generales, Particulares y Especiales de su Póliza, que permanecen sin modificación alguna, siendo plenamente aplicables.

Si tienen la necesidad de solicitar una ampliación mayor de estos plazos, deberá obtener la previa y expresa autorización del Departamento de Suscripción de Riesgos.

Solunion adopta esta medida extraordinaria ante la situación excepcional que vivimos, como compañía sensible a las necesidades de nuestros asegurados y que vela por los intereses de sus clientes, acompañándoles en su negocio como un socio más.

La actual situación económica está cambiando diariamente. Sin embargo, tenemos equipos que monitorean de manera continua la situación y, como tal, identificarán las acciones de riesgo más adecuadas para incrementar el nivel de protección de nuestros clientes en el momento de acordar nuevas ventas a crédito.

En todo caso, les rogamos que actúen de manera preventiva con sus Clientes y revisen los términos de su Póliza. Presten especial atención a su obligación de aminorar el riesgo, evitar el agravamiento de riesgos, y consecuentemente, posibles levantamientos de cobertura. Les aconsejamos que, entre otros extremos, contacten con sus clientes para valorar la situación antes de proceder a la entrega de bienes.

Les mantendremos informados puntualmente de cualquier cambio y para cualquier duda o aclaración, puede contactar con su mediador de referencia, nuestro equipo comercial o nuestro departamento de Calidad y Servicio en el teléfono 91 581 34 00.


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