El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este miércoles que se aplique una retroactividad «limitada en el tiempo» en el cálculo de las cantidades que los bancos deberán devolver a los afectados por las cláusulas suelo en España, unas prácticas declaradas abusivas por el Tribunal Supremo en mayo de 2013.
Las opiniones del abogado general no son vinculantes para el Tribunal europeo, que dictará sentencia sobre este asunto antes de finales de año, pero en la mayoría de los casos sus conclusiones coinciden con el fallo definitivo.
Las «repercusiones macroeconómicas» asociadas a la amplitud con que se utilizaron estas cláusulas justifican en particular esta limitación, según el letrado europeo.