La morosidad en las operaciones comerciales es un problema generalizado en Europa, que tiene graves efectos negativos sobre la liquidez de las empresas y afecta de manera especial a las pymes, por sus menores recursos y capacidad de negociación con los proveedores y clientes, y mayor debilidad para afrontar el retraso de pagos.
La morosidad supone un incremento de los gastos de financiación de las empresas, que deben asumir periodos elevados de demora en los pagos, ocasionando costes muy altos, a veces inasumibles, y limitando su capacidad de competir y reinvertir.
Por ello, la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), que desde hace más de diez años ha hecho de la lucha contra la morosidad una de sus prioridades estratégicas, ha analizado la situación de nuestro país en el contexto europeo, desde el convencimiento de que es urgente homogeneizar las normas contra la morosidad en el ámbito europeo para garantizar que todas las empresas cuentan con las mismas reglas y preservar la libre competencia.
La morosidad, altamente nociva para el tejido productivo, no tiene la misma incidencia en todos los países de la UE. Tomando los extremos, y según la Encuesta de Pagos D&B recogida en la documentación con la que trabaja la Comisión Europea, los pagos que se efectúan después de la fecha de vencimiento oscilan entre el 10% de Dinamarca y el 86% de Rumania. En España los pagos atendidos fuera de plazo alcanzan el 56%, en línea con nuestro vecino Francia (58%), Bélgica (56%) y por debajo de Italia (62%), pero lejos de Alemania (35%).
En este comportamiento con los plazos de pago subyacen rasgos de idiosincrasia de cada país, pero también es relevante el tamaño empresarial, ya que una pyme ve más comprometida su operativa diaria si afronta problemas de liquidez.
Precisamente, el mismo informe de la Comisión, como acompañamiento a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, detalla las razones que llevan a las empresas a aceptar aplazamientos de pago. En España es especialmente relevante en la aceptación de pagos demorados la voluntad de mantener la relación comercial con los clientes que no deteriore futuras transacciones, así como las características específicas de cada sector.
A raíz del rechazo en el Consejo de Competitividad de la UE, el pasado jueves, del establecimiento de un plazo máximo obligatorio de 30 días para el pago de las facturas, con el voto en contra de veinticuatro de los Estados miembros, y de cara a la próxima votación del reglamento europeo de morosidad, el próximo 21 de marzo, en el Comité de Mercado Interior y Protección de los Consumidores del Parlamento Europeo, CEPYME insiste en la prioridad de agilizar la aprobación de esta regulación para homogeneizar las normas contra la morosidad en el ámbito europeo, con el objetivo de que sea adoptada antes del ya casi inminente fin de la legislatura europea.
La Confederación de las pymes considera imprescindible que esta regulación tenga en cuenta la realidad de la empresa, especialmente de las pequeñas y medianas, y las condiciones especiales de los sectores económicos y que su aplicación tenga resultados eficientes en la práctica, reduciendo los plazos medios de pago, que ocasionan graves problemas de liquidez y de financiación a las pymes.
El elevado coste de la morosidad, sus efectos sobre las pymes y el riesgo de que los periodos de pago se incrementen preocupan a CEPYME, que tiene la lucha contra la morosidad entre sus prioridades estratégicas. La Confederación, a través de su Observatorio de la Morosidad ha venido participando en esta regulación desde el inicio con la Comisión Europea y con el Gobierno, este reglamento es importante, por cuanto establece una legislación común para toda Europa en un tema que es especialmente sensible para las pequeñas y medianas empresas.
Un problema creciente
La morosidad comercial está actualmente regulada por la Ley de morosidad de 2004 y la Directiva Europea de Morosidad, de 2011. Pero esta regulación se ha mostrado insuficiente para combatir el incremento de la morosidad y reducir los períodos medios de pago, que superan los 80 días, 20 más que lo que establece la Ley.
La Ley de Creación y Crecimiento empresarial introdujo medidas sancionadoras que no solo no han resultado eficaces, sino que, por el contrario, penalizan de manera especial a las pequeñas y medianas empresas, limitando su capacidad para acceder a ayudas o contrataciones públicas.
Por ello, CEPYME considera urgente contar con una reglamentación clara y unificada a nivel europeo, que no discrimine a las empresas españolas frente a sus homólogas europeas.
El reglamento europeo pone el objetivo en el cumplimiento de los plazos legales, objetivo que comparte CEPYME, que considera que es preciso tener en cuenta la realidad de las pymes y los sectores concretos, para garantizar su complimiento y la eficacia de la norma.
CEPYME lleva más de diez años trabajando en una solución a este problema a través del Observatorio de la Morosidad, en el que participan los principales sectores afectados por la morosidad y se realiza un seguimiento permanente de la evolución de la misma, así como análisis y propuestas en esta materia. La Confederación ha trasladado estos análisis a la Comisión Europea y altas instituciones comunitarias, especialmente a raíz de la tramitación de este reglamento, insistiendo en la necesidad abordar de manera conjunta la lucha contra la morosidad y contar con unas reglas claras y homogéneas en toda la UE.