¿Alguna vez has oído hablar del seguro de propiedad?

¿Qué conceptos incluyen las escrituras de una vivienda?

©Consejo General Notariado

Actualizado 21 | 03 | 2022 12:40

Escritura vivienda

Fernando Pérez Rubio

Probablemente todos recordamos aquel lejano momento en el que abandonamos la niñez y descubrimos que incluso el 6 de enero las cosas tienen un precio y hay que pagar por ellas para tenerlas.

La compra de una casa es la más importante que la mayor parte de las personas hacen en su vida, ya que en realidad no compran una casa, compran, o al menos eso esperan, un hogar.

Elegir el lugar, el número de habitaciones, los muebles, la decoración, la ilusión de formar un nuevo hogar… Solo es equiparable a ese lejano 6 de enero.

Y si grande es la ilusión, mayor puede ser la desilusión si la cosa sale mal. Una de las labores, puede que la más importante del notariado, es evitar que eso ocurra.

Para ello, frente a sistemas que confían en el documento privado y en un sistema de seguros privados que garanticen una indemnización si por lo que sea pierdes la propiedad de tu hogar, el sistema español, y latino en general, encarga a un funcionario público que garantice en la mayor medida posible la propiedad del que compra.

Por ello es esencial que la escritura notarial de compraventa recoja todas esas garantías.

Brevemente os explico los principales conceptos que contiene dicha escritura y que aseguran que vuestra casa sea siempre un hogar.

  • El vendedor y el comprador: el notario dará fe de la capacidad de ambos, para vender y para comprar, y se asegurará de que quien dice ser propietario, efectivamente lo es.
  • La casa: se describirá la misma, con su superficie y linderos, qué parte le corresponde en los gastos de comunidad del edificio, si está o no inscrita en el registro y si lo están sus datos registrales, la referencia catastral e incorporación de la certificación catastral, si está al corriente en los gastos de comunidad o si se debe alguna cantidad incorporando el certificado del administrador al respecto, lo mismo con el IBI, si existe alguna carga sobre ella que sea preciso cancelar previamente, como una hipoteca del vendedor o un embargo, el título del vendedor, la eficiencia energética de la casa mediante la aportación del correspondiente certificado que deberá entregarse al comprador, etc.
  • El precio: por cuánto se compra y, sobre todo, la declaración del vendedor de que se le ha pagado en ese momento el precio, salvo que se aplace y en este caso los plazos así como la forma en que se ha realizado el pago, transferencia, cheque, metálico.
  • Advertencias fiscales: es importante la advertencia que el notario hace a las partes en la escritura de su obligación de cumplir con el fisco.
  • Beneficios fiscales: si el comprador tiene alguna ventaja fiscal, por ejemplo, por razón de edad e ingresos, se hará constar en la escritura a fin de que a Hacienda no se le escape.

En definitiva, como decía al principio, la escritura notarial de venta te dará unas garantías de las que carecen otros sistemas, como el anglosajón, en el que deben suplirlas por seguros privados infinitamente más caros y que explican que las grandes compañías aseguradoras le tengan cierta inquina a la escritura pública notarial.

Porque, te hago una pregunta: ¿alguna vez has oído hablar del seguro de propiedad? Probablemente no, porque con la escritura tu propiedad está a salvo sin necesidad de seguro.

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