No declarar el importe de las costas supone la reclamación de las cuotas 'defraudadas', intereses de demora y un sanción

Ganar un juicio conlleva mayores cargas fiscales en el IRPF

cargas fiscales juicio irpf

©bigstock

Actualizado 29 | 07 | 2016 18:04

Cargas fiscales IRPF

Ganar una sentencia en los juzgados «sale caro» a la hora de hacer la declaración de la Renta de 2015, según advierten los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), dado el nuevo criterio adoptado hace poco más de un mes por la Agencia Tributaria respecto a las sentencias judiciales.

En concreto, los técnicos advierten de que la determinación tomada por Hacienda no solo afecta a los preferentistas, sino que cualquier ciudadano al que una sentencia judicial reconozca el abono de las costas, tanto por ganar el pleito como por temeridad procesal de la parte contraria, tendrá que incluir el importe de las costas en la base liquidable general del IRPF, aumentando la progresividad de los sueldos, pensiones, resultados de los autónomos o alquileres declarados.

Además, estos contribuyentes tampoco podrán deducirse los gastos de abogado y procurador realmente asumidos durante el proceso. Para la Agencia Tributaria, estos gastos jurídicos son «gastos debidos al consumo», un argumento que olvida, según Gestha, que las costas judiciales tienen un carácter restitutorio de los gastos objetivamente necesarios para la defensa en los tribunales.

En opinión de los técnicos de Hacienda, una cosa es tributar porque el exceso de las costas superen a los gastos jurídicos realmente incurridos y otra muy diferente es tributar por el 100% de las costas sin posibilidad de deducir lo pagado a abogados y procuradores. Además, en muchos casos, los abogados son los que cobran directamente las costas de la parte contraria, por lo que los clientes que han ganado el pleito desconocen el importe de las costas abonadas, lo que hace muy difícil que puedan declararlas en su IRPF.

«No declarar el importe de las costas supone que la AEAT podrá reclamar las cuotas ‘defraudadas’, los intereses de demora e imponer una sanción mínima del 50% sobre la cuota descubierta, que en el caso de que se esté conforme y se pague en plazo quedaría en una sanción del 26,25%», indica Gestha, que reclama a Tributos que reconsidere el criterio y permita a estas personas deducir los importes de los honorarios de sus abogados y procuradores y de aquellos gastos que hayan sido necesarios para su defensa en el juicio.

Según los cálculos de Gestha, los juzgados españoles dictan alrededor de un millón y medio de sentencias al año, sobre todo en procesos civiles, penales y laborales, además de 150.000 sentencias más que resuelven recursos contra las administraciones públicas, en las que desde 2011 se declaran las costas en primera instancia.


Cargando noticia...