“No es oro todo lo que reluce”. ¿Cuántas veces habremos oído esta frase hecha? Y, ¿“más vale prevenir que curar”? Seguro que si te dedicas a las finanzas, economía o empresa, habrán sido las frases del día en los últimos años. La explicación es sencilla: la crisis económica, que ha causado complicaciones en todos los estratos sociales/económicos.
De entre todos los obstáculos, uno de los más habituales es la morosidad, tanto para el acreedor, por motivos obvios, como para el deudor. Con respecto al este último, todo aquel que contraiga una deuda debería comprobar si figura en algún listado de morosidad de los que no es fácil salir, como por ejemplo consultando el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas).
Para el acreedor: consulta el RAI antes de hacer negocios
Antes de cerrar un nuevo trato u operación con una empresa es preciso comprobar si la misma tiene información de pagos negativa, consultando por ejemplo el RAI, y si los datos que proporciona el nuevo socio o cliente son correctos. De hecho no sería la primera ocasión en la que para la firma del contrato se suplanta el domicilio empresarial -la reunión se celebra en una oficina lujosa, sofisticada… que en realidad corresponde a otra empresa-. Por eso es preciso evitar riesgos y cerciorarse de la veracidad de los datos.
Entre otras cláusulas a incluir en los contratos es fundamental aclarar las condiciones de pago desde el inicio -por escrito- y mejor si las avala el banco. Es decir, proteger a nivel jurídico todos los datos con un contrato que refleje las condiciones generales de venta, pedidos, entregas, cantidades adeudadas, procedimientos de pago, plazos, penalizaciones… Cumplimentar el pagaré es también un paso relevante y uno de los que más problemas suele causar al no especificar correctamente que quien se está obligando al pago es la sociedad y no la persona física que firma. Aunque conviene revisar, el resto de datos: fecha de vencimiento o lugar en el que se efectuará el pago, suelen venir ya reflejados.
Otro punto fundamental es limitar el riesgo de las operaciones desarrollando una política de crédito que otorgue a cada cliente un límite, acorde a su comportamiento habitual y grado de solvencia, además del importe de la operación que se va a acometer. Porque disponiendo de reglas fundamentales es como se podrán documentar las operaciones, de cara a disponer, si fuera necesario de pruebas.
Para el deudor: estrategias para evitar ser incluido en un registro de morosos
Si no quieres figurar en el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) -uno de los mayores registros de morosos españoles- hay múltiples estrategias que se pueden llevar a cabo para aumentar el control y no caer en el impago:
- Realizar un presupuesto mensual de las finanzas
- Evita las compras compulsivas o usar varias tarjetas de crédito
- Buscar alternativas al crédito
- Controlar las cuentas y los movimientos bancarios
- Evita en la medida de lo posible las comisiones innecesarias
- Establece un calendario de pagos para evitar riesgos futuros
Porque cualquier deuda pendiente –ya sean letras de hipoteca, préstamos, facturas de teléfono impagadas, recibos pendientes…- puede ser la causa de ser incluido en las listas de morosos y no es sencillo salir de ellas. De hecho, la inclusión causa perjuicios, porque no se podrán solicitar, a partir de entonces, productos financieros (préstamos o hipotecas…) o habrá dificultades para realizar trámites cotidianos como contratar una nueva línea telefónica o servicios de luz o gas.
Para evitar ser incluido en el RAI, el deudor tiene 90 días para satisfacer la deuda. Una vez concluido este plazo, será automáticamente incluido en este registro de morosos.
Sin embargo, si de forma gradual aumenta el endeudamiento y la dificultad para afrontar los pagos es recomendable contactar con la entidad financiera que pueda renegociar la deuda. De hecho, si no es una situación de grave incumplimiento, la mayoría de bancos prefieren cobrar la deuda –aunque sea más tarde- a asumir que deben lidiar con un moroso. Las posibilidades para negociar son varias: ampliar el plazo de amortización de un préstamo, negociar el periodo de carencia, modificar el tipo de interés o reunificar deudas.
Fuente de la noticia: EmpresaActual.com