Elección de notario

La libre elección de notario

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Actualizado 11 | 04 | 2018 07:00

Elección notario

Hace unos días, me ocurrió una de esas anécdotas que te dejan una cara de póker más profesional que la de la mismísima Lady Gaga.

Cuando en mi notaría, después de leerle su testamento a una clienta, le pregunté si tenía alguna duda, exclamó: “Que feo que está puesto este despacho…no lo habrá decorado usted”. Un despacho, que con independencia de su mobiliario, ha visto pasar a ciudadanos de todo lugar, donde se han formalizado negocios referidos a bienes muy diversos sin importar dónde se encontraran.

Esta anécdota me permite ir a lo importante: la función notarial, desde el punto de vista geográfico -salvo algunas excepciones-, no entiende de límites distintos a los del propio notario. Es decir, el notario de una localidad no debe salir de ésta para autorizar un documento, pero ello no impide que puedan acudir a su notaría ciudadanos de cualquier nacionalidad, residentes en cualquier población, y en referencia a cualquier bien, dondequiera que radique.

Hay algunas excepciones, fundamentalmente relacionadas con los expedientes de jurisdicción voluntaria, que, con el objeto de proteger intereses de terceros, limitan la libre elección a las notarías demarcadas en un determinado distrito notarial o en su distrito colindante.

Esta genérica inexistencia de límites geográficos, permite al ciudadano escoger con amplia libertad, con qué notario quiere arreglar sus asuntos. Y del mismo modo, nos introduce a los notarios en las reglas de la sana competencia.

Los notarios, por encima de todo, somos funcionarios públicos, ya que el Estado nos ha delegado la función de dar fe de las relaciones jurídicas de Derecho Privado, a través de una actuación imparcial. Sin embargo, los notarios también somos profesionales en el asesoramiento jurídico, autogestionamos nuestra oficina, pagamos a nuestros empleados, tributamos como autónomos y competimos; sí, competimos.

Esa competencia no tiene que ver con el precio, puesto que todos los notarios cobramos lo mismo por el mismo servicio, aplicando el conocido arancel. Sí competimos, por el contrario, en el servicio que ofrecemos, o mejor dicho, en cómo ofrecemos dicho servicio. No todos los notarios te brindarán la misma dedicación, ni tendrán la misma pericia, o la misma experiencia, ni te explicarán las cosas con la misma claridad. En resumen, no todos los notarios aportan el mismo valor añadido a su actuación. No todos los notarios son iguales.

Por ello, dada la importancia de los asuntos tratados en una notaría, el ciudadano de igual forma que, entre todos los médicos, elige a su médico, también debería elegir, según su criterio, al notario que considere más idóneo. La libre elección de notario, no solo es un derecho, sino que, a mi juicio, es también un deber del contratante responsable.

Pero, ¿y quién elige al notario? El artículo 126 del Reglamento Notarial recoge en una norma lo que ya insinúa el sentido común. Si hay acuerdo entre las partes sobre el notario, acudirán a dicho notario. Y si no hay acuerdo, elegirá la parte a quien le corresponda pagar los honorarios notariales, siempre y cuando tenga una conexión razonable con los elementos personales o reales del negocio.

También recaerá sobre el comprador el derecho a elegir notario en los supuestos de condiciones generales de contratación. Y cuando se trate del otorgamiento de préstamos hipotecarios, la ley insiste en que la elección será del cliente.

Además, en los contratos en que intervengan consumidores comprando una vivienda, se considerará abusiva – y por tanto se tendrá por no puesta- la cláusula de renuncia al derecho a la libre elección de notario.

Ya para terminar, y como pequeña moraleja, permíteme animarte a no perder la oportunidad de elegir notario. Acude al que consideres con mayores aptitudes. ya sea porque te asesora mejor, porque te dedica el tiempo necesario, porque te inspira más confianza, porque tiene escrito un interesante artículo sobre un caso similar al tuyo, o porque, directamente, te entiendes mejor con él. Pero no lo escojas, hazme el favor, basándote en el gusto con el que ha decorado su despacho.

Por Joaquín Tejerina Nuño | Notario de Colunga (Asturias)

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