El Pleno del Congreso ha celebrado sendos debates sobre la necesidad de aprobar una nueva ley de segunda oportunidad que, entre otras medidas, otorgue mayores facilidades para que los deudores alcancen una exoneración de los pasivos pendientes de pago.
Las formaciones políticas coinciden en reclamar esta reforma en el Pleno, sometiendo a debate y votación en la Cámara Baja dos proposiciones no de ley que registraron en 2016, y en las que llaman a acabar con el período de cinco años en el que las deudas exoneradas pueden volver a ser reclamadas. Además, también incluyen en sus iniciativas propuestas relacionadas con el sector hipotecario
Así, el PSOE reclama que se permita a un juez paralizar la ejecución de una hipoteca en caso de insolvencia injustificada no dolosa y, en caso de que sea imposible, acordar la aplicación de la dación en pago, valorando la vivienda en el precio establecido para la concesión del préstamo.
ELIMINAR LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS Y PLAN DE RESCATE DEL DEUDOR
Asimismo, también reclaman la «eliminación automática» de las cláusulas declaradas abusivas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo por parte de las entidades financieras, y sin necesidad de que lo exija el titular de una hipoteca.
Por otro lado, pretenden modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para que ninguna renta, ayuda o subsidio pueda ser embargable, la creación de oficinas antidesahucios por todo el país para facilitar vivienda en casos de insolvencia sobrevenida a través de un alquiler social y un «plan de rescate» sobre deuda pendiente, que no podrá superar el 30% de los ingresos, y el desarrollo de un nuevo modelo de vivienda protegida en alquiler.
SEGUNDA OPORTUNIDAD
Respecto a sus propuestas para modificar la ley de segunda oportunidad, el PSOE pide excluir de la ejecución de los avales la vivienda habitual del avalista en los casos de insolvencia justificada no dolosa, reducir los requisitos o condicionantes para poder acceder a la exoneración de la deuda, otorgar facultades al juez para valorar la actitud y grado de cumplimiento de los deberles legales de préstamo, y otorgar un tratamiento similar a los créditos públicos al que gozan las entidades mercantiles en los concursos.
Asimismo, el PSOE pide que cuando se produzca la ejecución de garantía real sobre vivienda habitual del deudor, la tasación del bien no sea inferior a la tasación en el momento de la concesión del préstamo, potenciar la figura del convenio de acreedores con intervención de notario o autoridad judicial, y la protección de colectivos «especialmente vulnerables».
Igualmente, proponen que en casos en los que el deudor tenga a cargo un menor de edad o a una persona en situación de dependencia, se pueda paralizar la ejecución hipotecaria en caso de insolvencia justificada no dolosa y, si fuese necesario, facilitar una vivienda en régimen de alquiler social.
PRESENTAR UNA PROPUESTA DE REFORMA EN 6 MESES
Por su parte, Ciudadanos quiere que el Congreso fuerce al Gobierno a presentar, en un plazo máximo de seis meses, una propuesta de reforma de la Ley Concursal con el fin de reforzar el mecanismo de segunda oportunidad para todas las familias y deudores en situación de insolvencia.
Entre los aspectos que la formación naranja quiere incluir es permitir que las deudas con Hacienda y la Seguridad Social puedan negociarse en el acuerdo extrajudicial de pagos y ser exoneradas del pasivo insatisfecho del deudor, «con la máxima seguridad jurídica y siguiendo criterios técnicos».
Por otro lado, también piden equiparar los porcentajes de voto necesarios para aprobar un acuerdo extrajudicial de pagos de las personas naturales a los requeridos para la formalización del convenio en los concursos de acreedores, y revisar los requisitos para acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho.
Por último, piden flexibilizar «con las salvaguardas adecuadas» los requisitos para que los deudores «más vulnerables» puedan cancelar sus deudas mediante la dación en pago de su vivienda habitual, manteniendo el derecho a permanecer en su vivienda durante tres años, con un alquiler que no superaría el 30% de los ingresos de la unidad familiar del deudor.