El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros un Real Decreto-Ley de medidas urgentes en materia financiera que reforma el régimen jurídico de las cooperativas de crédito y permite que constituyan Mecanismos Institucionales de Proteción (MIP) con objeto de aumentar la resistencia de este tipo de entidades a través de la mutualización de riesgos.
Las cooperativas suponen un 6% del sistema crediticio y disponen de una «gran relevancia» en la financiación de agentes económicos de menor tamaño del sector agrario, industrial y profesional como pymes, autónomos o emprendedores, según aseguró el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, en rueda de prensa.
La norma aprobada este viernes reconoce a las cooperativas de crédito la posibilidad de constituir un MIP como mecanismo concebido para la mutua autoprotección. El MIP podrá ser de dos tipos, reforzado y normativo.
Los MIP reforzados mutualizan al 100% los beneficios y riesgos y cuentan con una entidad cabecera que dirige prácticamente la totalidad de las decisiones del grupo –tiene consideración de grupo consolidable–.
Por su parte, los MIP normativos no tienen que mutualizar al 100% los beneficios y riesgos y se caracterizan por la constitución de un fondo de garantía privado financiado ex ante por las entidades miembros del grupo que se utilizará para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de las entidades que participan en el MIP.
INCENTIVOS
Como incentivo, las entidades que integren un MIP podrán reducir los requerimientos mínimos de pasivos capaces de absorber pérdidas a efectos de una eventual resolución al contar con un perfil de riesgo menor.
Asimismo, las cooperativas de crédito que formen parte de un MIP también podrán disminuir las aportaciones que deben realizar al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).
Adicionalmente, el Real Decreto-Ley prevé una serie de medidas para potenciar el buen funcionamiento de los MIP. Así, las operaciones desarrolladas por una cooperativa con las otras entidades integrantes del MIP del que forma parte no computarán a efectos del límite para las operaciones activas con terceros del 50% de los recursos totales, especificado en la Ley de Cooperativas de Crédito.
Es decir, las cooperativas de un mismo MIP podrán tener mayores exposiciones entre sí no limitadas.
Además, el fondo de garantía privado tampoco tendrá límites a la hora de invertir en el capital de una de las cooperativas integrantes del MIP, lo que facilita el uso del fondo cuando una entidad participante lo necesite.
Sin embargo, se deberá presentar al Banco de España, para su aprobación, un plan de actuación a efectos de garantizar la viabilidad que contenga medidas concretas dirigidas a permitir la desinversión en la cooperativa de crédito, en condiciones adecuadas para todas las entidades integrantes del MIP.
Por otra parte, el Gobierno también ha aprobado este viernes la emisión de un nuevo instrumento de deuda, denominada senior ‘non-preferred, por lo que da por completado el ciclo de reformas del sistema financiero iniciado en 2012.