Se crea un sistema unificado de información de operadores y se establecen las funciones de la AICA antes de la comercialización.
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto que desarrolla algunos aspectos de la Ley de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de ámbito territorial supraautonómico.
En concreto, la nueva norma desarrolla el reconocimiento de los Consejos Reguladores de las DOPs e IGPs, incluyendo los que adopten la forma de corporaciones de derecho público y la aprobación de sus estatutos.
Además, establece el modelo de control oficial a las DOPs e IGPs de ámbito territorial supraautonómico, de conformidad con el Reglamento UE sobre los controles oficiales, correspondiendo a la Dirección General de la Industria Alimentaria establecer, entre otras funciones, el sistema de control para cada DOP e IGP.
El Real Decreto contempla también la creación de un sistema unificado de información de operadores acogidos a dichas DOPs e IGPs, imprescindible para la supervisión y control oficial e incluye el desarrollo reglamentario de las funciones que le corresponden a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) de control oficial antes de la comercialización de las DOP y de las IGP supraautonómicas, y la gestión de la tasa por sus actuaciones de inspección y control oficial.
Con la aprobación de este Real Decreto se apuesta por las DOPs e IGPs que se constituyen en el principal reflejo de la calidad de las producciones y elaboraciones del sector agroalimentario español, elemento clave para reforzar su competitividad y, en concreto, su capacidad de internacionalización.